el plazo de 2 meses del que habla antonio esbrelativo a la caducidad inicial, art.6 rd 1398/1993, 2 meses desde la incoacion hasta la notificacion al interesado.
ojo, desde la incooacion,no desde que se comete la infraccion.
salvo mejor opinion...salu2
Supongo que en la multa le pondrá " Se ha formulado contra Vd. la denuncia que antecede, por cuyo motivo se ha iniciado el procedimiento contemplado en el Reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial................." y luego "En caso de que no fuera el conductor del citado vehículo, dentro del plazo de 15 días habiles a partir del siguiente a la reepticoón de este escrito, debera comunicar a este Organo Instructor los datos del conductor autor de la infracción", con lo cual si usted era la persona que lo conducía si que ha sido notificado en forma, de ser otra persona la que conducía sería cuando la notificación no habría sido prácticada en forma.
En cuanto si ha sido notificado en plazo, creo recordar que el plazo de notificación es de 3 meses a partir de la infracción, pero no tengo en estos momentos la ley delante. Espere a que otra persona le conteste, de todas formas si tengo un momento le miraré el plazo para asegurarselo.
Me han enviado el 24-06-06 (fecha de recepcion) una multa de trefico pidiendome que identifique al conductor de mi vehiculo. El conductor era yo y la fecha de la supuesta infraccion fue el 19-04-06.
-Puedo considerarla una notificacion en firme al ser yo el conductor?
-la notificacion esta hecha fuera de plazo? ( dos meses desde la infraccion para notificar).