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Notificación de la agencia tributaria.

3 Comentarios
 
perfil jfl
20/09/2016 09:48
Anónimo
Dámelos y lo veo.
Te he mandado un mensaje en rankia. Míralo.
perfil Anónimo
20/09/2016 09:20
jfl
Hola Jaime!
Muchísimas gracias por tu respuesta.
Yo es que no tengo ni idea... Me pone que los datos que dimos de la hipoteca son erróneos...
Me encantaría saber si puedo recurrir!!
Te doy más datos??
Gracias de antemano!!
perfil jfl
20/09/2016 09:13
Anónimo
Buenos días “Anónimo”.
Lo que debes pagar ahora es la carta de pago de la “Resolución con Liquidación Provisional” (cuota más intereses de demora).
Lamentablemente, eso no impide que, de forma adicional, hayas recibido la notificación del “acuerdo de iniciación y comunicación del trámite de audiencia de expediente sancionador”, que contiene una propuesta de sanción que, de confirmarse, también deberás abonar. Pero para ello debe transcurrir el plazo que te otorgan de 10 días para formular alegaciones.
Si quieres que vea si existen motivos para recurrir la liquidación provisional y/o la propuesta de sanción que te han notificado, me lo indicas y hablamos.
Saludos.
Jaime.
Notificación de la agencia tributaria.
perfil Anónimo
20/09/2016 07:38
Hola!
He recibido una carta de la agencia tributaria la que incluye "acuerdo de iniciación y comunicación del trámite de audiencia de expediente sancionador"(en la que me indica una cantidad como sanción reducida) y notificacion de resolucion con liquidacion provisional con el documento de pago en el que pone cuota más intereses de demora.
Que debo pagar? La sanción reducida o la cuota más intereses de demora? La diferencia es enorme...
Gracias!