El Colegio de Abogados hará una valoración provisional y después la Comisión de Valoración resuelve si le corresponde el beneficio de justicia gratuita o no, la denegación es recurrible en un plazo de cinco días desde su notificación y resolverá el juez.
Si presentas en el Juzgado solicitud de Asistencia GRatuita por reunir los requisitos,
¿quién tiene que notificarte la designación del abogado y procurador que te correspondan?
¿Los Colegios? ¿El Juzgado? ¿La Comisión de Valoración? ¿todos a la vez?