Hola. Soy una estudiante de 3º de Derecho que está sufriendo el Dº Administrativo I y los infinitos actos administrativos que pueden existir.
En todos los sitios encuentro que "la notificación es la comunicación formal del acto administrativo" pero me entra la duda de si la notificación en sí es también un acto administrativo independiente del acto que notifica o si la notificación es un mero acto material como sería por ejemplo, la ejecución de una orden de derribo de un edificio.
Yo pienso que sí, que la notificación es un acto administrativo, pero como he dicho, no lo veo muy claro.
Espero que me ayuden.
Muchas gracias.
Muchas gracias caletilla :) Como es habitual no hay acuerdo en la doctrina sobre el tema, me lo esperaba jeje.
Lo de sufrir era una manera de hablar simplemente, desde luego si no me gustara e interesara no me ocuparía tanto de ello.
Un saludo.