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Notificación a inquilino desaparecido

6 Comentarios
 
Notificación a inquilino desaparecido
14/05/2008 11:49
Muy buenas a tod@s. Necesito orientación sobre lo siguiente: en su día interpuse demanda de desahucio y reclamación de rentas. El inquilino ha desaparecido del local y hace ya cerca de medio año q lo tiene cerrado (es un local comercial). Con lo q probablemente la notificación personal va a ser imposible. Mi duda es los pasos a seguir una vez me notifiquen la diligencia negativa de notificación pq no puedo facilitar domicilio alternativo. Supongo q el siguiente paso sería q se oficie a la Policía Nacional para ver si averigua el domicilio. Lo cual, me temo, q tamp dará resultado. Con lo q la última posibilidad sería la notificación edictal, no?. Espero q me digáis si estos son los pasos correctos a seguir. Tamb quería consultaros otra cuestión: ya me han señalado fecha para la vista, pero como os digo, probablemente no se notifique al demandado la demanda; en este caso, pido yo la suspensión del juicio? se suspende de oficio por el Juzgado? o voy a tener q asistir a la Vista aunq no se haya conseguido la notificación al inquilino?. Gracias de antemano por vuestra ayuda. Un saludo!
15/05/2008 10:31
Si el demandado no está notificado, el juzgado suspende pero debes de estar pendiente de todas formas.
Si no lo encuentran en el domicilio dado en la demanda, se acabó, no esperes que la policía lo busque. Se le notificará por edictos y cumplidos los trámites se celebrará la vista (probablemente en rebeldía). Acuérdate de ejecutar el lanzamiento.


Suerte pasante!!
15/05/2008 11:16
Muchísimas gracias jupumeper!. Y gracias tamb por recordarme q ejecute el lanzamiento, supongo q si sigue en rebeldía tendré q solicitar q se le notifique la sentencia tamb por edictos para posteriormente interponer la demanda ejecutiva, verdad?. Vaya telita con estos morosetes desaparecidos en combate!
15/05/2008 11:29
No, una vez se notifique por edictos se celebrará la vista pero en rebeldía. Ahí pides que se ejecute el lanzamiento.
Respecto de la deuda, sí que has de esperar a la firmeza de la sentencia aunque ésta se publicará directamente en el tablón del juzgado.

Bueno, pues ya nos contarás aunque queda un largo camino compañer@.

Suerte!!

15/05/2008 13:30
Gracias de nuevo jupumeper!. Ya me temo q me queda aún un gran trecho por delante hasta q consiga la notificación edictal y demás. Juicios rápidos para asuntos de desahucio YAAAA!!!!!. De todos modos, perdona q te rebata un poco, pero cómo voy a pedir la ejecución del lanzamiento sin q se notifique la sentencia sea del modo q sea?. Eso no me cuadra mucho; aunq se le declare en rebeldía al demandado, habrá q notificar la sentencia (por el medio q sea) y después, solicitar la ejecución, tanto del lanzamiento como de la deuda dineraria. Al menos eso interpreto yo, q probablemente no tenga razón, pero bueno... Un saludo!
19/05/2008 17:19
El Juzgado suspende, pero de forma previa a la notificación edictal, entiendo si la actora no facilita ningun domicilio alternativo, el Juzgado debera recurrir a organismos, Ine, Policias...
20/05/2008 07:56
yo acabo de conseguir la notificacion a traves de telefono, en un juzgado de Barcelona...