Hay que leer todas las entradas que Zurullo123 aporta con cuentagotas al foro, para ir sabiendo pon donde van los tiros.
1.- El padre disfruta de la vivienda, y los hijos tienen la nuda propiedad.
2.- Solo el padre esta autorizado para permitir el paso de un notario a la vivienda, y si quiere ni a sus hijos.
3.- El padre no tiene que pedir permiso a los hijos para hacer obras de conservación de la vivienda porque esta obligado hacerlas y a su costa.
Conclusión:
A) ¿Cómo se ha enterado Zurullo123 de que su padre esta haciendo obras en la vivienda?
B) ¿Cómo sabe si son obras de conservación o de mejora?
C) Si en la vivienda se están haciendo obras de mejora tendra que pedirle responsabilidades a su padre no al hermano, el hermano es un mero intermediario carente de responsabilidad
¿Son obras de conservación o son de mejora? esa es la cuestión, y eso es lo que debe saber Zurullo123, y luego iniciar una demanda contra el usufructuario de la vivienda si llegara el caso de que son obras de mejora.
He expuesto mis opiniones con todo el respeto, el autor del tema aunque en principio no quiso dar detalles de los protagonistas, acabo diciendo que el usufructo lo tiene su padre, y la nuda propiedad todos los hermanos. puede que mis opiniones sirvan para que antes de tomar una decision, cuente hasta diez y luego actúe.
Normalmente respondo a dudas reales de los usuarios del foro, y no a elucubraciones sobre supuestos hipotéticos.
De todos modos , le anticipo que los medios de prueba más usados ante los juzgados suelen ser: documental, testifical, y pericial, aunque hay otros.
En este posible caso que expone, el medio de prueba más adecuado sería tal vez: planos originales de la finca, que suelen estar depositados en el ayuntamiento dentro del expediente de licencia de obras; pericial, redactada por un aparejador; y testifical, del propio usufructuario y de vecinos que vieran entrar y salir a los trabajadores, maquinaria, o retirada de escombros. Tal vez se pudiera complementar con obtención de copia de la licencia de obras que supuestamente pudiera haber pedido el que la realizase, ya que dichos expedientes son de acceso público.
Buenas tardes, con respecto a Hoplon, quisiera poner el siguiente supuesto que puede ser que ocurra y es que tiren tabiques.
Lo hace un propietario sin consentirlo los demás propietarios.
Si llevas un notario después de tirar el tabique y hacer obras, y el notario sólo dice lo que hay y no lo que había, ¿cómo se demuestra lo que había?
Muchas gracias.
Con lo expuesto por Hoplon opino que el asunto ha quedado suficientemente claro y Zurullo123 ya podía sacar conclusiones sobre su tema.
Sin tener la certeza de por donde van los tiros, yo me atrevo a inventarme dos situaciones parecidas.
Me imagino a una persona casada sin que el matrimonio sea en régimen de bienes gananciales, la vivienda es propiedad de su esposa, ha enviudado, y ocupa la vivienda en calidad de usufructuario y los hijos del matrimonio tienen la nuda propiedad, luego la vivienda se convierte en un proindiviso.
Tambien podía ser que el padre puso la vivienda a nombre de los hijos, y el figura cómo usufructuario de por vida. y los hijos tendrán tambien la nuda propiedad.
Uno de los hijos sin el permiso del resto de hermanos, tira un tabique en una habitación contigua a la cocina, al objeto de que la cocina sea mas grande, y contratan los servicios de un notario para que de fe de que se ha hecho un obra sin su consentimiento.
Esto puede servir como ejemplo de algo parecido que ha podido ocurrir en el tema de Zurullo123.
Zurullo123 pregunta:
1.- Quisiera preguntar si alguien sabe la labor que hace un notario, haciendo acto de presencia.
Respuesta:
Dar fe de lo que ve, el notario no sabe si se han hecho obras, solo constatara lo que el cliente le haya dicho que observe.
2.- La idea es que visite una casa en la que se han efectuado obras sin autorización.
Respuesta:
El notario visitara la casa, pero no podrá dar fe de que se han hecho obras.
Es un problema familiar evidente, estará bien, mal o mediopensionista, pero legalmente los hermanos son lo propietarios y el padre usufructuario.
En Aragón los Fueros conceden en el matrimonio el usufructo de todos los bienes al primer cónyuge que fallezca, por lo tanto aunque el caso de Zurullo123 no sea este, su tema es un asunto mas bien de familia, buscar lo que dice el código civil no es la solución al problema, este se resuelve con el sentido común.
Más que una consulta, parece que sea la resolución de un misterio.
A estas alturas no sabemos el papel del usufructuario, ¿vive en esa vivienda?, ¿la tiene alquilada?, ¿ni vive ni la tiene alquilada ni se entera de las obras que se hacen en ella? ....
Así que, por mi parte, desisto.
A esta pregunta le falta información, que zurullo123 no aporta.
No entiendo, que interes tiene uno de los varios nudos propietarios, en hacer obras en una vivienda que existe un usufructuario.
Sea mas explicito
Estos asuntos entre hermanos siempre son problemáticos, y acaban siendo el motivo para que nazcan disenciones en el seno de la familia.
No conzco la casa, no sé si es una casa antigua de pueblo, o un piso moderno. Imagino que quien haya gastado un dinero para hacer una cocina nueva es porque piensa sinceramente que mejora el inmueble, o que al menos mejora la vida del habitante del mismo.
Según cómo hay sido la obra (fontanería, desagües...) podría examinarse el asunto, pero no parece que hayan derribado ni movido paredes, es decir, que no han variado la configuración. Siendo un problema entre padre y hermanos, mi consejo es que no haga usted nada y lo deje estar.
Efectivamente Juanchito, hay que clarificar la situación. Y convendría saber si el usufructuario (vamos a dar por sentado que esa es la verdadera situación) está conforme con la obra o no.
Ya puestos a pedir, yo quisiera saber quién es el usufructuario (¿cónyuge viudo, tal vez?) y cómo es la obra (¿derribo de un tabique, por ejemplo?).
El Art. 467 ,Código Civil establece que: "el usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia...". Conviene por ello ver en qué consiste la obra.
Y también el Art. 487 ,Código Civil: "el usufructuario podrá hacer en los bienes objeto del usufructo las mejoras útiles o de recreo que tuviere por conveniente, con tal que no altere su forma o su sustancia.."
1.- Hoplon escribe con acierto:
"Ninguno de los condueños podrá, sin consentimiento de los demás, hacer alteraciones en la cosa común, aunque de ellas pudieran resultar ventajas para todos."
2.- Pero si hay un usufructo, los condueños no pintan nada.
3.- Todos los condueños ha tenido que ceder el usufructo.
4.- Mientras dure el usufructo, el usufructuario es el único que puede permitir la entrada en el domicilio, los participes no pintan nada.
5.- los propietarios de la nudo propiedad no puede hacer obras sin consentimiento del usufructuario.
Conclusión, según mi opinión, el usufructuario es el único que puede permitir la entrada al notario, el comunero que ha hecho la obra solo puede hacerla con el permiso del usufructuario, como si la hiciera este, nunca a titulo de condueño.
El notario, suponiendo que se le permita el acceso a la vivienda, podrá dar fe de lo que hay ahora mismo, pero no de lo que había antes de la obra. Por lo cual, creo que difícilmente se podrá acreditar la misma por ese medio.
Buenos días Hoplon, efectivamente así es, por eso lo del notario hacer acto de presencia ya que yo no he autorizado nada, y se han hecho obras.
Un saludo y muchas gracias.
Si he entendido bien al consultante, se aplica el art. 397 CC:
"Ninguno de los condueños podrá, sin consentimiento de los demás, hacer alteraciones en la cosa común, aunque de ellas pudieran resultar ventajas para todos."
Los acuerdos sobre obras, supuestamente beneficiosas, imagino, en la propiedad común, deberían tomarse por mayoría de los copropietarios.
Lo que usted expone, no se entiene bien.
Una vivienda con varios propietarios y un usufructuario.
Uno de los propietarios ha hecho obra en la vivuenda.
Pues diganós como ha podido entrar a una vivienda a la cual no puede acceder.
Si este es el planteamiento, un notario no pinta nada, que le denuncie pir allanamiento de morada
Buenas tardes, la casa es de varios propietarios, el usufructuario un familiar.
Un propietario ha efectuado obras sin la autorización del resto.
El usufructuario sí autoriza la entrada del notario a la vivienda.
Un saludo.
Ésta pregunta se la debería hacer al que le contrató porque gratis no va. Y segundo, su presencia es ser testigo sobre un acto, acontecimiento o situacion de estado de algunas cosas.