hola buenos dias, me gustaria que me aclarasen que significa en una nota simple de propiedad los siguientes terminos:
"afecta a la posible revision por la autoliquidacion del impuesto de transmisiones patrimoniales.... por el plazo de 5 años a partir del 22 de septiembre de 2011"
y continua:
"afectacion exenta de transmisiones por el plazo de 5 años a partir del dia 22 de septiembre de 2011"
primera parte: en todas las operaciones sujetas a ITPAJD, la Administración puede revisarlas en el plazo de 5 años
segunda parte: en este caso, es una operación exenta del pago de ITPAJD
aunque es una misma operación, no es contradictorio, toda vez que viene a decir que se ha presentado autoliquidación en la que se ha indicado causa de exención
en una operación no exenta de pago de ITPAJD solo habría la indicación primera, y la Administración podría revisar la adecuación del valor del objeto del impuesto o del tipo aplicable
en una operación exenta de ITPAJD, lo primero que puede revisar es la causa de exención (nota segunda) y, si no la encuentra adecuada, revisar el importe (nota primera)
Hola.
Tengo una parcela urbanizable de 1436 metros cuadrados y ahora quiero venderla pero resulta que el vecino ha constrído unos corrales-cuadras invadiendo parte de mi terreno.Hace muchos años que los construyó, como unos 30, pero ahora no sabemos qué podemos hacer para venderla. La parcela está en el centro de una urbanización y lo que él tiene construído es para albergar ovejas y caballos, o sea que ni siquiera pienso que lo haya construído con permiso del Ayuntamiento.
¿Qué puedo hacer?. El terreno está en la provincia de Granada, en el Pantano de los Bermejales (término municipal de Arenas del Rey). Por si me pueden recomendar algún abogado por la zona.
Gracias