Os voy a explicar mi situación y agradecería cualquier comentario que pueda aportarme luz en este asunto.
Hace dos años adquirimos una finca rústica que iba a ser incluida en el PGOU aprobado por el ayuntamiento de la localidad como Unidad de Ejecución, suelo urbano no consolidado, sistema cooperativo. Evidentemente en estas condiciones el precio de la parcela de 5000 m2 fue muy superior al valor rústico.
Nuestra sorpresa e indignación han sido mayúsculas al comprobar que en la última fase de aprobación del PGOU por arte de magia ha desaparecido nuestra unidad de ejecución con lo cual tenemos una linda finca rústica sin ningún valor urbanístico.
Puede modificar el ayuntamiento un PGOU aprobado inicialmente sin más? Si no es así, se ha cometido algun hecho punible legalmente? Podríamos reclamar los perjuicios ocasionados por tal decisión.
Agradecería enormemente cualquier comentario.