Se considera tiempo efectivo desde que la persona trabajadora se encuentra en su puesto de trabajo y no desde que ficha. Si desde el lugar donde se ficha, hay un traslado al puesto de trabajo, este traslado no se considera tiempo de trabajo.
¿Hay jurisprudencia a favor de que el tiempo efectivo de trabajo es desde que el trabajador ficha a la entrada hasta que ficha a la salida?
En mi centro de trabajo cuentan lo que ellos llaman "tiempo de traslado", aunque fiches desde el ordenador, y tengo entendido que no es legal.
Agradecería mucho si alguien me puede decir alguna sentencia a favor del trabajador, porque estamos planteándonos si demandar.