Por criterios de construcción es verdad que se trata de un vehículo destinado al transporte de mercancías, pero con una transformación posterior a furgón taller, homologada y aceptada por la ITV.
Se me olvidó mencionar que se trata de un furgón IVECO.
Está totalmente cerrado y modificado para uso exclusivo de furgón taller.
Clasificación del vehículo en la ficha técnica: FURGON/FURGONETA MMA = 3.500 KG TALLER 0
¡Caramba! No encuentro la clasificacion por criterios de construccion para el codigo 29 en el Anexo II del Reglamento de Vehiculos.
En cuanto a la clasificacion por criterios de construccion, el 11 indica que es un vehiculo destinado al transporte de mercancias en un receptaculo abierto por la parte superior. Los laterales podran ser abatibles o fijos.
Por tanto, entiendo que no se puede entrar con este vehiculo a una zona afectada por la señal R-106. Sigue siendo un vehiculo destinado al transporte de mercancias, y de tipo furgoneta o camion.
La señal R-106 dice: "Entrada prohibida a vehículos destinados al transporte de mercancías de tipo camión o furgoneta."
¿Se puede entrar con una furgoneta modificada: "Transformado a furgón taller con estanterías y accesorios para herrmientas en zona de carga. ITV 2911"?