Por estudios jurídicos he estado buscando en la normativa reguladora de la concesión de pasaportes españoles los órganos competentes para su expedición (no para su tramitación, sino para su expedición), tanto en España como en el extranjero, y si el acto de concesión o denegación del pasaporte agota la vía administrativa. ¿Podríais aclararme algo al respecto? Muchas gracias por la información.