Les agredecería me orientasen sobre el siguiente tema:
El arrrendamiento de un terreno de calificación urbana (no un inmueble), ¿Entra dentro del objeto de la LAU o se regula por el Código Civil?
Gracias anticipadas y un saludo.
Hola Antonio Rubinos. El arrendamiento de un terreno calificado como urbano queda excluido del ámbito de aplicación de la LAU, rigiendose el mismo por las disposiciones del Código Civil referentes al Arrendamiento de cosas.