93682, te he contestado en cualquier caso: el régimen electoral está sujeto a reserva de ley orgánica, luego no puede ser regulado por otra ley que no sea orgánica.
Hola basie_8, gracias por tu aclaración, pero es un ejercicio ya redactado así en un libro, y creo que lo que pide es si dichas normas pueden regular esa materia descrita, sin entrar en si tiene el 3% de los votos emitidos en la circunscripción.
93862, pienso que partes de un error de base. Para acceder a un escaño, la formación electoral tiene que obtener como mínimo un 3% de los votos emitidos en la circunscripción. Esta disposición está contenida en la Ley ORGÁNICA de régimen electoral general. Por tanto, la materia sometida a reserva de ley orgánica no es delegable.
Si las Cortes Generales tramitan un proyecto de ley de bases para delegar en el Gobierno la regulación del nºmínimo de votos para obtener escaño en el Congreso.Cuando apueban la ley de bases, el gobierno desarrolla un decreto-ley y dicho Gobierno lo remite a ambas Cámaras para su convalidación como ley.¿Pueden las normas regular la materia descrita en dicho caso?