Me gustaría saber si alguien tiene noticia de algún procedimiento de normalización de fincas en suelo urbano consolidado. ¿En la práctica, cuando se solicita a instancia de parte por sólo uno de los propietarios afectados, la Administración local aplica algún mecanismo coercitivo para que los restantes propietarios lleven a cabo la normalización propuesta? Muchas gracias
La normalizacion de fincas, se emplea en suelo urbano en los casos de fincas urbanas que no cumplen alguno de los requisitos para edificar (por ejemplo sometidas a una reparcelacion obligatoria).
Lo normal es que el Ayuntamiento lo lleve a aprobacion y si ha sido presentada por alguno de los afectados, tendra que dar audiencia a los restantes afectados.
Una vez aprobada por el Ayuntamiento la nueva parcelacion propuesta en el expediente de normalizacion de fincas, tendra que ser protocolizada ante un notario para inscribir las nuevas fincas.
Por supuesto si alguno de los afectados no esta conforme con lo aprobado por el Ayuntamiento, le queda la via contencioso-administrativa, de mecanismo coercitivo nada, estamos en un Estado de Derecho y cualquier ciudadano puede oponerse a lo que estime oportuno y tendra que estar a lo que dispongan los tribunales.
Muchas gracias por la respuesta, Lexis. Mi duda radica sobre todo en la aplicación de la resolución del Ayuntamiento. Entiendo que aquí no cabe un procedimiento expropiatorio semejante al previsto para los propietarios que no se quieran adherir a una junta de compensación, pero no sé si sería posible que el Ayuntamiento aplicase multas coercitivas como mecanismo sancionador por incumplir uno de los deberes de los propietarios (la legislación de mi comunidad autónoma así lo establece para esta clase de suelo). Sin embargo, quizás tengas razón que el único organismo que puede compeler a los propietarios de SUC a que cumplan la normalización aprobada por la corporación local sean los tribunales de justicia.