Resulta q veo unas normas urbanísticas erroneas, q figuran una callejón q no existe.
Eso a priori se puede ver como un error. Yo no sé si hay malicia (la situación me ofende y tengo una visión o perspectiva muy negativa y mala de esto).
Pero ese fallo o error en los planos. Legalmente genera al ayuntamiento algún derecho??? Es decir si pido una licencia de cerrar mi propiedad (se han inventado una calle a no existe ni tiene nombre ni nada) , sería legal q no me dieran permiso de cerrar mi propiedad??? Excusándose en q hay una callejón y no sé puede. Pero ese callejón se lo han inventado, según la escritura de propiedad pone una descripción y definición exacta y no hay callejón ni nada
Legalmente lo pueden hacer???
Y si pasan por esa calle inventada, un desagüe o acometida de agua. Eso es legal???
Y si al alcalde firma o acredita q una acometida de agua va por suelo público?
No tienen ni escritura de propiedad ni nada... Lo único q se inventan q hay un camino en unos planos de la norma urbanística.
Si firma q ha pasado una acometida de agua por terreno público sin tener escrituras de propiedad. Eso legalmente sería sancionable?? No tienen escrituras ni fundamentos alguno ni nada ....
Porque claro, legalmente hay formas de expropiación pero esto sale hasta más barato....
Se puede suponer las determinaciones del planeamiento sobre la cuestión que planteas para, a partir de ahí, tambien suponer una situación y expresar una opinión que podría no ser ajustada a la realidad urbanistica establecida en el planeamiento.
Por ello, me sugerencia es ponerte en contacto con un técnico o un abogado que sea capaz de interpretar correctamente si la afección que describes realmente existe y, en su caso, si está justificada.
La afección si existe. Y no hay justificación.
Hay un plano de hace no se cuántos años, q no se de donde ha salido.... No lo se realmente.
No es una interpretación. Es una obra con malicia. No tienen ninguna escritura de propiedad de esa franja de terreno.
Yo no sé si legalmente sale rentable el denunciar (económicamente es un dinero.... Informe topográfico x€, más nómina del abogado....).
Un documento gráfico de un Plan General o de un planeamiento de desarrollo, que no otra cosa debe ser ese plano, es una consecuencia de las determinaciones de esos planeamientos urbanísticos reflejada en sus memorias.
Por tanto, lo que el planificador establece en esas memorias no suelen ser cuestiones interpretables por personas no abezadas.
En según qué situaciones, dichas determinaciones pueden establecer la obligación legal de ceder obligatoria y gratuitamente suelo, para poder ejercer derechos de uso del suelo, de ahí que te sugiriera lograr el asesoramiento de alguien capaz de interpretar las posibles afecciones sobre esos terrenos.
Veo que no sabe mucho del tema, ya que no sabe de cuándo es el plano ni de dónde ha salido. Yo tampoco lo sé, y sé tanto menos que usted que no he visto el plano ni sé dónde es.
Comience por informarse, porque un plano suele tener un origen y una vigencia conocidos, porque sin eso, en papel solo vale para envolver un paquete, y el formato digital ni siquiera para eso.
Si es un plano del Planeamiento en vigor, no ha surgido de modo espontáneo sino que ha recorrido un largo camino más o menos transparente en el que los propietarios han podido formular alegaciones.
Que en el plano se haya representado un callejón indica que está prevista la existencia de ese callejón y el Planeamiento explica cuál será el mecanismo que pudiera hacerlo realidad.
Si el suelo de ese callejón previsto le pertenece a usted, nadie salvo usted puede hacer uso de ese suelo, a menos que se ejecute el mecanismo previsto para su paso a ´público y que puedo aventurarme a suponer que sea por cesión o por expropiación. Será por cesión cuando a usted le tenga en cuenta materializar el aprovechamiento urbanístico; y será por expropiación cuando el Ayuntamiento considere muy importante su concreción inmediata.
Y si considera que el Ayuntamiento comete una ilegalidad, lo que no es inhabitual, tendrá que recurrir a la Administración de Justicia. Usted con su dinero, y el Ayuntamiento con el de todos los vecinos.
El camino de aprobar ese plan. Pocas alegaciones se pudieron hacer...
Hay varios errores, no sé de dónde han mirado y copiado.... Pero hab copiado errores.
Esa gente del ayuntamiento no razona.
Eso de ir a juicio pagándolo yo desafortunadamente puede suceder...
La causa es la incompetencia. Y lo malo es q luego lo pagamos con dinero público. Y en el juicio se pueden reclamar los dineros q vale el abogado, pero todo el mal y daño q hacen no está pagado...
Una pregunta. Si pasa un desagüe por esa calle q se inventa. Es ilegal (no tiene la propiedad). Tendrán q indemnizarnos?