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nomina

5 Comentarios
 
22/07/2004 20:02
Hola Annia, estoy totalmente de acuerdo con los o las Sr/a Nando y pejuanma.
Solo matizarle que debería saber el convenio que le es de aplicación y según la categoría que tenga mirar los salarios que debería cobrar, si cobra más de lo que dice o establece el convenio no pasa nada pero si cobra por bajo debería exigirle lo mínimo,
Gracias
22/07/2004 19:15
Hola Nando: leer tus respuestas es aprender.
La tuya dice lo mismo.
Igualmente, un saludo.
22/07/2004 19:07
Hola Pejuanma.
Nuestras respuestas se han cruzado, aunque seguro que la tuya le ha resultado mas clara que la mia.
Un saludo
22/07/2004 18:57
Hola Annia,

ese concepto "complemento a bruto" posiblemente se debe a que pactasteis un salario neto y el que sirve, añadido al salario base definido por convenio para elevar el integro el neto pactado (en otras palabras, sumado al salario base, determina el importe burto mtotal de forma que un a vez descontado IRPF y S.S. te quede el neto pactado.

O tal vez no se trata de nada de eso y le han dado ese peculiar nombre, pero, igualmente, complementa al salario base y entre ambos forman tu retibución bruta total.

En principio, como salario que parece que es, debe cotizar, y por tanto afectar a tus posibles prestaciones (IT, maternidad, desempleo, jubilacion, etc, ésta última depende de tu proximidad a la edad de tu jubilación).
De todas formas, tu misma puedes comprbar si forma parte de la base de cotización de S,S. que tienes en la misma nómina (y teniendo en cuanta los prorrateos).

Un saludo
22/07/2004 18:51
Hola annia:tu empresa debe cotizar como mínimo por el salario base establecido en convenio; si no existe ese salario lo hará por el Salario Mínimo.
El complemento a bruto establece la totalidad de salario pactada.
La totalidad de ese salario (puesto que los dos conceptos lo son) deben formar parte de la Base de Cotización a la Seguridad Social, incluyendo las pagas extraordinarias.
En conclusión, observa que en el lugar que se reseña en nómina, la base de Cotización, comprenda la totalidad de lo que cobras más las partes proporcionales de las pagas.
Constatado que la cotización está de acuerdo con lo que realmente percibes, el cobro de prestaciones
como desempleo, indemnización por despido, jubilación etc. lo tendrás asegurado siempre que eso que a tí te reseñan en nómina la empresa lo traslade a los Boletines de Cotización.
Nomina
22/07/2004 17:05
buenas tardes, ante todo felicidades por el buen trabajo que haceis. mi duda es la siguiente.
mi empresa me desglosa la nomina en dos conceptos.
- salario base.- con una cantidad minima y
- complemento a bruto, donde aparece el resto del importe hasta completar la nomina. mi duda es si ese desglose me afecta a la hora de un posible paro, baja, jubilación?...etc.

Gracias
Nines