Hola, salvo que el convenio indique que las mejoras no puedan ser absorvidas, todo lo que se cobre por encima de convenio en principio puede ser compensado con las posteriores subidas, por lo que es correcto lo que hace tu empresa
Antes de nada, agradecerles la posibilidad de plantear mi duda en este foro. Mi pregunta es la siguiente:
En mi nómina aparece el concepto "retribución voluntaria" cuyo importe se corresponde con la diferencia existente entre el sueldo de convenio y el sueldo acordado verbalmente con la empresa. Con la aplicación de la cláusula de revisión salarial la empresa me disminuye "retribución voluntaria" y aumenta salario base con lo que el bruto al mes es el mismo (1.500 euros). ¿Es lo correcto? ¿No tengo derecho a los aumentos porcentuales (IPC) en la totalidad de mi sueldo? ¿En caso de despido se tiene en cuenta ese importe?