No entiendo muy bien la pregunta, en cualquier caso un nombre comercial es un derecho de utilización de una denominación en el tráfico mercantil, por tanto carente por si mismo de legitimación para accionar. Otra cosa será el titular de ese derecho o cómo se le quiera identificar en la demanda...epro en sí el nombre comercial no puede ser titular de ningún derecho u obligación.
que diferencia existe en presentar una demanda en nombre de persona fisica o en su caso, con su nombre comercial? si se da este caso, como demando? es reclamacion de cantidad. saludos