Si un trabajador laboral del grupo d, es nombrado provisionalmente (movilidad funcional) para desempeño del grupo c - administrativo, los trienios que cumple en ese estado deben abonarse a precio del grupo c o del d, y en caso de tener que certificar un anexo i - sobre servicios previos debe hacerse constar ese grupo c o debe hacerse sobre el puesto de plantilla que es el d.