Buenas tardes, el martes hubo una reunión de vecinos en la.comunidad a la cual no pude ir por motivos laborales y de transporte.
Estuvieron hablando de muchas cosas e hicieron cambio de presidente nombrandome a mi sin estar presente,ademas me lo dijo via wasap
Ademas el anterior presidente ha estado manejando la rehabilitación del edificio, sabe con quien ha hablado y que es lo que falta y yo no se nada de nada sobre ello.
Tengo que reunirme con el anterior presidente mañana sábado y no tengo muy claro que hacer ni decir
Podrian ayudarme
Gracias
Suponiendo que la elección sea correcta, no dice lo contrario, el presidente saliente le pondrá al día de como está el tema de la rehabilitación, y otros que sean de interés y usted debe tratar de que todo le quede claro.
El hecho de que no asistiera a la reunión no es motivo para no ser presidente.
te puedes negar? SI
no te puedes negar siempre que se cumplan unos requisitos legales, es decir, si en juntas anteriores se aprobó un turno rotativo en el cargo de presidente y este se dejo plasmado en un acta (es decir, en una junta de 2021 se aprobo el turno de la siguiente manera 1A, 1ºB, 1ºC, 2ºA, 2ºB, 2ºC .... ) y cuando te enviaron ese acta, tu no manifestaste una disconformidad, el turno esta aprobado y tienes que ser presidente, en caso que se aprobara un turno rotatorio que no se dejara por escrito, pero se puede intuir, no es obligatorio y por lo tanto puedes no aceptar el cargo por motivos de trabajo
Se puede negar? NO
Si no está de acuerdo tendrá que realizar lo indicado en el artículo 13.2
Art. 13.2. El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El Juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3 resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al Presidente en el cargo hasta que se proceda a una nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.
Quién establece el turno? Donde tiene que estar aprobado? Lógicamente si no se cumplen los requisitos legales uno se puede negar, el turno establecido se ha cumplido siempre? O se ha saltado algún vecino? Quién ha decido saltar ese turno? Por supuesto que se puede negar, una cosa es lo que ponga la ley y otra es los requisitos legales
Maravillabcn, no indica si se han saltado turnos o no.
Y en caso de que así hubiera sido. El art.13.2 lo deja muy claro
El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello
Sucede que el anterior presidente 1-1 y le tocaba 1-2 y el presidente siguio como presidente por apoyó a las obras que estaban y que sigue estando sin concluir de la fachada.
No entiendo que el anterior presidente siguiera un turno más por no haberse terminado las obras y ahora lo deje sin que hayan terminado y encima se quiera saltar al que correspondía el turno siguiente.
En todo caso, si el asunto no figuraba en el orden del día, el acuerdo es ilegal. No se pueden tomar acuerdos "a traición".