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Nocturnidad

2 Comentarios
 
Nocturnidad
perfil Ace
08/11/2007 02:19
Buenas noches:

Soy recepcionista de noche en un hotel de 4 estrellas de Barcelona. Escribo porque tengo una duda referente a la nocturnidad. El convenio de hosteleria dice que la nocturnidad corresponde a un 25 % del salario base. Pues bien, en mi nomina no aparece el concepto nocturnidad, sino un concepto llamado Plus Actividad que segun mis jefes es la nocturnidad y es un 10 % del salario base. La cuestion es que en mi nomina mi categoria es Recepcionista Noche y mis jefes dicen que por ese motivo no me corresponde el 25 % de nocturnidad y entonces me pagan ese Plus Actividad de un 10 %. Por otro lado, mis compañeros de tarde como trabajan hasta las 23 h. tienen un hora nocturna la cual se la pagan en nomina bajo el concepto nocturnidad. Me gustaria saber si es legal que hagan esto, porque ya he reclamado la nocturnidad pero me la niegan diciendo que no corresponde y que lo unico que puedo tener es ese Plus Actividad. Que puedo hacer para que me paguen ese 25 % de nocturnidad?

Muhas gracias por adelantado a todos los que me aconsejeis. Un saludo.
08/11/2007 08:31
Ace, es cierto que, en principio, el trabajo nocturno debe tener una especial compensación adicional, ya sea económica o con descansos.

No obstante, una de las excpeciones a tal compensación especial es cuando el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza, como entiendo es tu caso, ya que tu puesto es de "Recepcionista Nocche". Se supone que al fijar tu salariuo, o el de tu categoría, ya se ha tenido en cuenta la circusntancia de que debe ser realizado de noche.

Ahora, en el caso de tus compañeros, al no ser su trabajo específiucamente de noche, si es normal que les satisfagan ese plus de nocturnidad por cada hora que realicen dentro de la franja horaria comprendida entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana (aunque si resulta que sonm turnos fijos, y los de la tarde finalizan siempre a las 11 dela noche, tal vez también podría ser aplicable lo de que la propia naturaleza del puesto de trabajo require trabajar esa hora dentro de la franja horaria de la noche y que se supone que ello ya se ha tendio en cuenta al fijar también su salario, pero vaya, en tu caso está más claro).

Un saludo
perfil Ace
09/11/2007 00:04
gracias nando por contestar. Lo entiendo, pero resulta que yo tengo el mismo sueldo base que mis compañeros de la mañana o de la tarde. lo unico que me diferencia de ellos es que en mi nomina pone Recepcionista Noche y mi Plus Actividad.