Yo reclamaria la celebración de la junta anual de la comunidad, ya que se tendrán que aprobar las cuentas digo, y en el turno de ruegos preguntar por la documentación y la situación de la demanda
Cuenta cuantos sois, pedir firmas de personas que deseen convocar una Junta, y si teneis el 25%...convocar.
Por desgracia, el poder que le habeis dado lo tiene el presidente y el administrador, mas este que el otro. En mi opinion es abuso de poder.
Al reves, aqui quizas alguno de los que dicen que saben mucho os podria decir si podeis demandar, en su defecto gastaros el dinero en pedir un informe para ver si podeis.
Y la tercera via es tragar, ignorar, vivir, pasar.
Respecto a encontrar apoyo entre los demás propietarios, tratar de sustituir al presidente, etc. ahora mismo lo hemos desestimado.
El asunto viene de lejos y está complicado.
De hecho, el presidente tanía que haber dejado el cargo en enero 2010 (es por rotación) y argumentando que estaba el proceso en marcha continuó, con el apoyo de los vecinos que asistieron a la junta. Este año ni siquiera han convocado junta general para renovar cargos (ni para aprobar las cuentas ...)
Tenemos sospechas fundadas de que hay intereses opuestos, pensamos que el proceso no se está llevando con suficiente transparencia y no estamos seguros de lo que realmente se está haciendo.
Hace 6 meses se pidió una suspensión sin informar. A los 4 meses de la suspensión, en una junta se preguntó sobre la voluntad de intentar un acuerdo (sin concretar) por mayoría salió que sí, que se especificase. 1 semana después, en otra junta, se informó de que no habían logrado concretar, que no quedaba más remedio que reanudar el pleito y que la comunidad necesariamente tenía que asumir la reparación de lo demandado, porque por la gravedad de las deficiencias no se podía esperar al juicio. Por unanimidad se aprobó.
Sin embargo, ha pasado más de 1 mes desde esta junta y no se reparten actas, no tenemos constancia de que se haya reanudado el juicio, ni de que se haya pedido autorización al juez para la reparación, y, por supuesto, no hay indicios de que se vayan a ejecutar obras (ni siquiera se ha convocado reunión para ello, aunque en la junta dijeron que sería inminente)
Necesitamos saber en que punto estamos y, con información, ver como actuamos y, en su caso, buscar apoyos.
Entiendo. Todo pasa por el presidente, pero él tiene manifiesta intención de mantenernos apartados.
A pesar de ser el proceso judicial público y la información solicitada no confidencial (pedimos relación de actuaciones judiciales y contestación a la demanda) ¿el abogado no debe facilitarnosla?
Bien y, en este caso, ¿qué podemos hacer?
¿Cómo podemos conseguir la información?
Si ponemos en conocimiento del juzgado pruebas (burofaxes) de que nos niegan información del proceso, a la que legítimamente tenemos derecho, y acreditándonos como propietarios ¿podrían darnosla o hacer que el presidente nos la diese?
1º. El Abogado no sólo no tiene que informar a los propietarios individualizadamente, sino que no debe hacerlo.
2º. Las Comunidades de Propietarios son entes que carecen de personalidad jurídica y únicamente tienen dicha equiparación a los únicos efectos procesales.
3º. Corresponde al Presidente informar a la Comunidad sobre las resultas del procedimiento, o en su caso, invitar al Abogado de la Comunidad para que lo haga en junta debidamente convocada al efecto.
En mi opinion, la solucion es que reuna los apoyos suficientes para destituir al presidente.
Y acordar que el nuevo pida esa documentacion. Presentar el acta.
Creo que cuando una comunidad no actua, puede hacerlo un solo comunero, por ello, no sé como, cabria actuar en nombre de la comunidad.
Pues, una de las referencias que tengo sobre la ausencia de personalidad jurídica de las CP es esta
Gerardo García García “Desarrollo de una deducción lógica: ¿Tienen personalidad jurídica las comunidades de propietarios?”
De todos modos, no está en mi ánimo abrir un debate (que además no puedo sostener porque no soy experto). sino ver si tengo alguna posibilidad de obtener la información que necesito.
Sé que el juzgado no me la facilita directamente.
Pero sé que hay alguna manera (aunque no sé cuál exactamente) de poner en conocimiento del juzgado el incumplimiento del abogado o del presidente o del administrador (no sé si todos tienen obligación de informar a los comuneros o sólo alguno de ellos) y que se les exija por requerimiento judicial.
Hace años me contrataron para -supuestamente- "ejecutar" una sentencia contra una importante promotora por importe de 90.000.000 ptas del año 1998....y ni sentencia ni flores....el pleito estaba archivado por satisfacción extraprocesal....sí, pero de la entonces Presidenta, que se había embolsado 15.000.000 ptas y se había mudado al instante....
Muchas gracias por responder.
Pensaba que habría alguna manera de poder acceder a la información por requerimiento judicial, es decir, poniendo en conocimiento del juzgado que se ha solicitado formalmente y que se ha incumplido la obligatoriedad de informer. Al fin y al cabo la comunidad no tiene personalidad jurídica y el presidente es un mero representante. Entiendo que habrá alguna manera de poder ejercitar nuestro derecho como comuneros pero no se cómo, si ignoran los burofaxes.
A mi me ocurrió algo similar. Presenté un escrito en el juzgado para que me dieran como personado y obtener información. Me lo devolvieron diciendo que tenía que presentar el escrito a través de abogado y procurador, a lo que no accedí.
Buenos días,
Mi comunidad puso una demanda contra la empresa constructora hace más de 1 año.
He pedido, por todos los medios a mi alcance, conocer las actuaciones judiciales que se han llevado a cabo en nombre de la comunidad, así como acceso a la contestación a la demanda.
En el juzgado me dicen que al tener abogado y procurador, no nos dan información a los propietarios. Ni el presidente, ni el administrador, ni el abogado nos dan respuesta (se lo hemos pedido también por burofax)
¿Hay algo que podamos hacer para acceder a la información?
En este momento, no sabemos si el proceso está en suspenso o no, si se han solicitado medidas cautelares y cuales son los argumentos de respuesta a la demanda.
Muchas gracias, de antemano, por la orientación que desde aquí me podáis dar