me han comunicado la no superación del periodo de prueba en la empresa en la que estaba trabajando. Empecé de prácticas no remuneradas (unos 3 meses), me hicieron un contrato indefinido con periodo de prueba de 3 meses y cuando estaba a punto de finalizar dicho periodo, me comunican que no lo supero, que no hay suficiente trabajo para mí.
Sé que no existe obligación de justificación ni de preaviso, lo que pasa es que recientemente he estado de baja y voy a ser operada en pocos días, y me temo que la causa sea eso. Me imagino que podría impugnarlo. Pero a parte de eso, resulta que durante mi tiempo en la empresa he desarrollado tareas de cierta responsabilidad sin tener la titulación exigida por ley. En otras palabras, he realizado tareas que NO podía desarrollar por mi falta de titulación (en curso pero sin finalizar).
No quisiera volver a una empresa que trata así a las personas y les da la patada cuando están en un mal momento de salud, pero tampoco quiero que esto quede ''impune''. ¿Qué me recomendaríais?
Como indica, durante el periodo de prueba, ambas partes pueden rescindir el contrato sin necesidad de alegar causa alguna y sin preaviso. Sólo en el supuesto de situaciones de especial protección (como puede ser la maternidad/paternidad, etc...) en caso de que se sospeche que ese es el motivo, se puede solicitar la nulidad y por lo tanto, solicitar la incorporación.
Respecto al resto de cuestiones, debería profundizar más al respecto de porqué no puede realizar esas tareas.
Yo realizaba tareas propias de Técnico de Prevención de Riesgos (formación a trabajadores, asesoramiento a empresas en esa materia) sin tener estudios de ello. Yo estaba contratada como auxiliar administrativa pero mis tareas eran las que describo. Ellos mismos me dijeron que no podía continuar porque hacer eso era ilegal, aunque mi contrato, como especifico, es como Aux. administrativa.
Como bien dice, durante el periodo de prueba se puede extinguir el contrato sin alegar OTRA CAUSA que la no superación del mismo. Si en la comunicación escrita han alegado OTRA causa (no hay trabajo para vd.) la acción de despido podría tener prosperabilidad, pues esa causa es objetiva, y parece evidente el fraude de ley...Si además ha estado vd en it y está a la espera de una operación, incluso podría pedir la nulidad. Está difícil, pero....
Que le hayan dicho de palabra que no puede seguir trabajando por ser ilegal la actividad que hacía supongo que no lo pondrían en la carta y se limitarían en la misma a poner "No superación del periodo de prueba".
En cuanto a las tareas, dice usted que tiene categoría de aux administrativo" y que estuvo dando formacion en PRL sin tener la titulación requerida, quién está defraudando no solo sería la empresa sino que usted, sin tener la titulación requerida es quien verdaderamente está defraudando, verá las empresas deben dar formación, (ellas mismas a sus trabajadores) en PRL a sus trabajadores, (al inicio a la entrada de los trabajadores de la empresa y posteriormente en periodos largos de IT o ante el manejo de nuevos sistemas o maquinaria, (esto, si hace usted prevención debería saberlo), o contratar a una empresa de formación en PRL, bien lo que usted ha hecho es dar la formación sin estar cualificada para ello, (ausencia de titulación), por lo que esas horas de formación no pueden estar firmadas para que el trabajador tenga acreditada esa formación y por tanto la empresa no tiene a los trabajadores acreditados como formados, por lo que si acude a inspección a la empresa le puede salir caro pero usted tampoco se irá de rositas porque supongo que tuvo que entregar diplomas de esa formación sin estar usted cualificada para ello por lo que no puede firmar esas horas de formación.
smo