mi dilema es este yo soy española y mi novio es ecuatoriano yo creo que es importante que el obtenga la nacionalidad lleva 11 años en España y el tiene la tarjeta permanente y no se como explicarle los beneficios de la nacionalidad he buscado las diferencias entre una y otra y no encontré nada muy concreto entendemos que con la nacionalidad obtiene derechos y obligaciones pero algún beneficio??
la verdad no sabemos si merece la pena que pida la nacionalidad o que siga con la tarjeta permanente.
Por supuesto que vale y merece la pena obtener la nacionalidad española. Porque, siendo español, se es ciudadano de la Unión Europea y con ello, se goza del derecho a residir y trabajar en otro Estado miembro de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza.
Además, los ecuatorianos, aunque sean residentes legales en España, necesitan solicitar una visa aparte para ingresar en Reino Unido, Irlanda, Bulgaria, Rumanía y Chipre, que son Estados miembros de la Unión Europea, pero no miembros del espacio de Schengen (que es donde hay libertad de circulación).
Siendo español, puede circular libremente por toda la Unión Europea (territorio Schengen y no territorio Schengen), Espacio Económico Europeo y Suiza, solo con el DNI, sin que sea preciso el pasaporte. Siendo ecuatoriano, siempre será necesario el pasaporte en vigor más la tarjeta de identidad de extranjero en vigor. Y en todo caso, su estancia en otro Estado miembro estará limitada a 90 días, sin poder realizar actividades lucrativas.
Con el pasaporte español, se puede viajar sin visa a muchos países para los que, con el ecuatoriano, habría que solicitar un visado y de cuya obtención no hay garantías. Por ejemplo, con el pasaporte español se puede ir sin visa a Estados Unidos, Canadá, México, Australia, Nueva Zelanda, Japón, Marruecos, Túnez, Emiratos Árabes Unidos y varios países centroamericanos que exigen visa a ecuatorianos (Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica). Puede pensarse, por ejemplo, en la ventaja que implica tener dos nacionalidades a la hora de tener que viajar, sea por turismo, sea por trabajo o negocios, pudiendo usar uno u otro pasaporte, según convenga: por ejemplo, si se debe realizar un viaje de trabajo a Estados Unidos (imagínese que es un viaje relámpago y extremadamente urgente, de aquellos que no pueden esperar), como ecuatoriano, tendría que solicitar una visa y realizar un trámite que puede tomar su tiempo (lo cual entorpecería su actividad profesional, pues el viaje debería hacerse sin dilación); en cambio como español, basta con solicitar la autorización de viaje de la ESTA por Internet, pagando una tasa de 15 dólares estadounidenses y asunto arreglado. Para viajar a Australia hay también que realizar un trámite similar.
Hay otro aspecto importante a tener en cuenta: los españoles gozan del derecho a entrar y salir libremente de España, a circular libremente por todo el territorio nacional y a elegir libremente su residencia, sea dentro de España o fuera de España (lo que se traduce en decir que a ningún español se le puede impedir ingresar, ni residir en España, pero asimismo, a ningún español se lo puede obligar a residir en España, si no quiere hacerlo). En cambio, un extranjero, por mucho que tenga una autorización de residencia de larga duración, sigue siendo extranjero extracomunitario. Y los extranjeros extracomunitarios siempre tendrán limitaciones, como por ejemplo, no poder permanecer fuera de España o de la Unión Europea por un tiempo superior al que venga marcado en la normativa (que para los residentes de larga duración es de 12 meses consecutivos), sin que se produzca la extinción de la autorización de residencia (que se puede recuperar luego, pero implica un trámite burocrático). Y por otro lado, un extranjero, aunque sea residente de larga duración, sí puede ser expulsado de España, si concurren circunstancias extremas que constituyan un atentado al orden público y a la seguridad del Estado, en cambio, a un español, por muy delincuente, terrorista o antisistema que pueda ser, jamás se lo podrá expulsar de España, ni prohibírsele que regrese al país o que viva en España.
Por otro lado, existen subvenciones, ayudas de determinada naturaleza o finalidad, que pueden tener como requisito tener la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea. Igualmente, para participar en oposiciones a muchos cargos públicos, entre las bases siempre se establece como requisito tener nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea. Por ejemplo, para entrar a formar parte de la Policía Nacional, Guardia Civil Española o cuerpos de policía autonómicos o municipales, se requiere tener nacionalidad española.
Además, los nacionales de origen de países iberoamericanos no están obligados a renunciar a su nacionalidad de origen. Y en lo que respecta a Ecuador, su Constitución actualmente vigente establece que la nacionalidad ecuatoriana no se pierde por la adquisición de otra nacionalidad. Igualmente, hay que tener en cuenta que desde el año 1964, Ecuador y España mantienen un Convenio de Doble Nacionalidad, el cual sigue vigente, aunque en la práctica, ha dejado de estar operativo, pues fue celebrado en una época en la que Ecuador no admitía la doble nacionalidad y España sí con respecto a países iberoamericanos, pero actualmente, las legislaciones nacionales de ambos países ya admiten la doble nacionalidad (Ecuador respecto de cualquier país; España solo respecto de países iberoamericanos, Portugal, Andorra, Filipinas y Guinea Ecuatorial) y resultan más beneficiosas para tramitar la naturalización que lo que establece el Convenio.
Y si quiere beneficios de tener nacionalidad ecuatoriana: con el pasaporte ecuatoriano se puede viajar sin visa a Rusia y a Turquía, que en cambio, exigen visa a los españoles. Y como ecuatoriano, se puede viajar solo con el documento de identidad (cédula de identidad y ciudadanía), por prácticamente, toda América del Sur, sin necesidad de pasaporte. De ese modo, un ecuatoriano, solo con su cédula de identidad y ciudadanía, puede viajar por Venezuela, Colombia, Perú, Bolivia, Chile, Argentina, Uruguay, Paraguay y Brasil y permanecer hasta 90 días en el territorio de esos países. Y cuando entre en vigor para Ecuador el Convenio de residencia al que se adhirió en el 2011, podrá residirse y trabajar sin problemas y sin mayores formalidades en cualquiera de esos países (de modo análogo a como sucede en Europa entre países miembros de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza).
Por ello, tener doble nacionalidad, evidentemente que tiene muchas ventajas y siempre sale a cuenta. A eso, se suma la posibilidad de participar en elecciones, como elector o como candidato.
Y si tiene hijos, les podrá transmitir la nacionalidad española, independientemente del lugar donde se produzca el nacimiento, pues los hijos de padre o madre españoles (pueden ser españoles de origen o nacionalizados), siempre son españoles de origen. En el caso de un ecuatoriano con nacionalidad española, si el nacimiento del menor se produce fuera de Ecuador o fuera de España y sin perjuicio de lo que pudiera disponer la normativa del país de nacimiento, sus hijos tendrán desde el nacimiento las nacionalidades ecuatoriana y española, pues ambos ordenamientos jurídicos le atribuirán la nacionalidad desde ese momento.
La nacionalidad es un vínculo jurídico y político entre una persona y un Estado, en virtud del cual, esa persona tiene o puede tener, en ese Estado, para con ese Estado o respecto a su ordenamiento jurídico, una serie de derechos, deberes y obligaciones que exclusivamente le corresponderán o se generarán por el hecho de ser nacional de ese Estado y que por tanto, excluyen a quienes no sean nacionales de ese Estado. En cambio, un residente legal es un extranjero que goza de una autorización administrativa para residir en el territorio del Estado y eventualmente, desarrollar actividades lucrativas, pero que carece del vínculo jurídico y político con el Estado en el que reside, pues lo sigue manteniendo con el Estado del cual es nacional y por eso mismo, carece de los derechos que exclusivamente corresponden a los nacionales (fundamentalmente, pero no exclusivamente, determinados derechos políticos).
Hola un saludo, obtener la ciudadania del pais al cual has inmigrado significa el terminar al menos en cuestiones legales una larga travesia burocratica y en cierta medida discriminatoria, es mas que todo un reto personal.
Los beneficios son muchos aqui algunos:
- Con una tarjeta residencia aunque sea de larga duracion se puede perder por salidas prolongadas del pais con la nacionalidad no ocurre esto
- Residir y trabajar libremente en los venticinco Estados que integran la Unión Europea, sin visa ni permiso de trabajo
-Tener voz y voto en las elecciones generales y autonómicas.
-al obtener la ciudadania española no pierdes tu ciudadania actual ( Ecuatoriana)
-Seguir cursos de grado o postgrado en universidades europeas, con la tarifa para europeos.
-Transmitir la ciudadanía europea a hijos y cónyuge
-Tener protección de los consulados europeos, cuando viaja o reside en el extranjero.
-Ejercer la profesión en la UE, si tiene su título universitario convalidado.
-Obtener becas ofrecidas por otros países u organismos internacionales
a ciudadanos europeos.
-Realizar cualquier actividad comercial prevista por la Unión Europea
-Los deportistas (jugadores de fútbol, rugby, voley, tenis, hockey etc.),
podrán integrar equipos y seleccionados europeos gracias a su
ciudadania europea.
ADEMAS gracias a este hermoso documento no necesitas visa para entrar a los estados unidos, canada o australia. en fin algunos les parecera bueno a otros no tanto, pero de que tiene sus ventajas claro que las tiene.