Por lo que comenta, eso es una clausulas suelo una clausula techo.
Si usted quiere puede hacer un escrito dirigido al banco para que se la inapliquen y le devuelvan lo cobrado de forma indebida, acogiéndose al famoso real decreto de 21/1/2017.
Según el mismo, los bancos disponen de un mes para organizar un servicio para recibir reclamaciones, y tres meses para contestar al cliente, eso no quiere decir, que el banco este obligado a nada, es decir, no están obligados a pagar, con lo cual usted puede reclamar y la entidad decirle que la clausula es negociada y no es abusiva, y si quiere recuperar lo cobrado de forma indebida deberá acudir a los tribunales.
En cualquier caso, reclame, puede usted reclamar por si mismo, o mejor aun asesórese de un abogado de su confianza que haga la reclamación en su nombre.
Pues sí, ahí tienes la cláusula suelo, el 3% mínimo, y la cláusula techo, la cual es un límite del cual no puede subir el interés de tu hipoteca, límite que es puramente ficticio, puesto que dificilmente el tipo de interés llegará al 19 % en condiciones normales.