Buenos días, y gracias de antemano. Con relación a este tema ¿Cual sería el plazo para solicitar la revisión de sentencia en un contencioso, con relación a la sentencia inicial y con relación a aquella otra en que se demuestra que hubo, por ejemplo, maquinación fraudulenta?
Saludos cordiales
En esta pregunta se está tratando de un recurso que se considera como un juicio nuevo, que trata sobre algo ya juzgado, que es competente para ello el Tribunal Supremo y los Tribunales Superiores de Justicia de las CCAA, o sea, que se trata de algo tan excepcional que suele darse muy pocas veces.
Las causas para que se pueda iniciar una revisión son tasadas, o sea, que son solo las siguientes:
- Si después de pronunciada una sentencia, se recobraren u obtuvieren documentos decisivos, de los que no se hubiere podido disponer por fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se hubiere dictado.
- Si hubiere recaído en virtud de documentos que al tiempo de dictarse ignoraba una de las partes haber sido declarados falsos en un proceso penal, o cuya falsedad declarare después penalmente.
- Si hubiere recaído en virtud de prueba testifical o pericial, y los testigos o los peritos hubieren sido condenados por falso testimonio dado en las declaraciones que sirvieron de fundamento a la sentencia.
- Si se hubiere ganado injustamente en virtud de cohecho, violencia o maquinación fraudulenta.
Muy difícil encajar cualquier caso en una de estas causas. Además, la mitad de ellas dependen de un proceso previo que declare falsas las declaraciones de los testigos o los documentos aportados.
No creo que los casos anteriores encajen en este tipo de recurso.
Me gustaria saber si ese recurso tb se puede hacer en una sentencia de un juzgado de lo social en el que tb pone que no cabe recurso. (es de un tema de reduccion de jornada).Muchas Gracias por adelantado
Tal y como dice Juanmita, lo que ha de hacer Vd. es obtener una resolución judicial que declare la falsedad de los documentos que se utilizaron por el servicio de salud para obtener una sentencia favorable.
Normalmente esto se hace acudiendo a la via penal ( delito de falsedad documental).
Tambíen le aviso de que este tema tiene pinta de ir para largo así que mucho animo y suerte!!
Según el supuesto que el letrado ha recabado, para poder interponer el recurso extraordianrio de revisión, tendría usted primero que atacar los medios de prueba que según usted son falsos, para que se declaren así por sentencia, y una vez reconocida como falsas esas pruebas, entnocnes interponer el recurso de revisión.
Yo soy de Sevilla, pero lo lamento, no ejerzo la abogacía, pero en nuestra ciudad puede encontrar buenísimos profesionales que no darán por perdido su caso. Suerte paisano ....
letrado le vuelvo a reiterar mi enorme agradecimiento a su ayuda. lastima que no estuviese aqui abajo su bufete, me hubiese gustado que hubiese llevado mi caso, solo una ultima pregunta final...¿ que plazo tengo para intentar esa via que me aconseja ?
la sentencia pone 2 de abril de 2009, pero a mi me llego por correo de mi abogado hace 3 dias..
Mire la unica "via" que le quedaria abierta seria la del recurso de revisión que se recoge en el artículo 102 de la Ley Reguladora de la Jurisdiscción contenciosa Administrativa.
La letra b) de este articulo dice que habra lugar a la revisión de una Sentencia firme:
"Si hubiere recaído en virtud de documentos que, al tiempo de dictarse aquélla, ignoraba una de las partes haber sido reconocidos y declarados falsos o cuya falsedad se reconociese o declarase después."
Gustosamente me pondria a su disposición pero estoy en Cataluña y el tema me cae bastante " lejos". De todas formas seguro que en su provincia hay abogados tremendamente competentes y capacitados para poderle ayudar.
pues con este abogado no creo que ya se pueda hacer nada, de hecho nunca me he sentido bien defendido, no he visto mucho interés en el caso, y sobre todo gente especialista en temas de negligencias medicas, letrado voy a moverme por otros abogados y demás, pero le pediría un último favor, y no quiero abusar de su generosidad, la que vuelvo a agradecerle mil veces, deme una pista en base a que conceptos o de que forma cree usted que puedo tener alguna posibilidad para no dar por perdida esta tremenda injusticia, todo ello despues de tardarme mas de 6 años en celebrarse el juicio, 6 años esperando para que ahora te ganen con pruebas falsas y que una jueza las admita...
Las pruebas que presentaron ellos son una foto con un cartel tipico de las mujeres embarazadas, en la misma sala de rayos que le hicieron a mi mujer las radiografias estando embarazada, fotos hechas a posteriori porque yo estaba alli y no habia obras, de hecho 3 años mas tarde volvieron a repetir las obras y me presente con un notario que certifico que no habia carteles, pero que parece o que mi defensa no las ha presentado o que no las ha tenido en cuenta como prueba a mi favor, de segunda una falsa cita medica donde advierten del peligro de la radiacion, cita falsa sin firma ( por aqui es donde quizas podria haberles hecho daño con un perito caligrafo), dicha cita es una cita ordinaria, a nosotros la unica cita que nos dan es por telefono, y por ultimo niegan que allí hubiese obras, y si que las habia, de hecho habia dos pintores pintado las paredes en ese momento delante de mis narices...
Por favor deme unas pistas para yo buscar ese clavo ardiendo adonde agarrarme, y disculpe no quiero abusar de su tiempo....
1 millón de gracias a todos los letrados que ayudan a las personas con apuros en este foro, dignifican mucho la profesión, a pesar de que otros letrados como los de SERVICIO ANDALUZ DE SALUD no tengan escrupulos en presentar PRUEBAS Y FOTOS FALSAS PARA DEFENDER LO INDEFENDIBLE Y GANAR LO QUE NO ES JUSTO.
Tiene Vd. toda la razon! es triste pero, desgraciadamente es así...
Por lo que explica, veo que se trata de una cuestión de probatoria. En el proceso es su abogado quien debe de atacar a los medios de prueba que aporta la Administración para que no sean tenidos en cuetna a la hora de resolver la controversia.
Seguro que lo hizo pero contra la Administración ya se sabe..
De todas formas si la irregularidad de los medios de prueba es tan importante, como Vd. dice, quizas no este todo perdido. Hablelo con su abogado ( por aqui es demasiado largo y complicado de explicar)
Sr. letrado, en primer lugar le agradezco su respuesta, y le digo que sí, que eso es lo que pone la sentencia, que es firme y sin recurso..
El gabinete juridico del servicio andaluz de salud presentó unas fotos de unos carteles que advertian de un peligro falsas, sin poderse cerificar de que fecha, una cita por escrito a mi mujer de la prueba que le iban a hacer con información, la cita escrita es falsa sin firma ya que nos citan por telefono, encima dicen que no habia obras en el hospital cuando yo vi a los pintores en el andamio subidos...
A Toda esta documentacion falsa le ha dado validez una jueza...
ahora encima ¿ NO PUEDO RECURRIR?
esto es TOTAL INDEFENSION, UNA JUEZA SE EQUIVOCA ( NO SE ME OCURRE NI QUE PENSAR QUE PREVARIQUE) Y ENCIMA NO TIENES DERECHO A RECLAMAR ....
!! NO LO ENTIENDO!!
GRACIAS UNA VEZ MAS POR LA INFORMACION, Y CUIDADO CON LAS NEGLIGENCIAS EN EL SAS, A MI ME HAN PRESENTADO CITAS Y FOTOS FALSAS, Y ES UN SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, NO UN CLINICA PIRATA Y CLANDESTINA
En determinados casos las Ley regula el funcionameiento de los Juzgados y Tribunales de lo contencioso establece que, en determinados casos, conoce en primera y unica instancia el Juzgado de lo contencioso. Es decir el Juzgado resuelve y frente a ello no cabe, por regla general, ningun recurso.
Habriá que ver entonces si su caso es uno de estos. Vd ha leido la Sentencia y dice que no cabe recurso alguno? si es así deje de darle vueltas. ¿ es su abogado quien le dice que no se puede recurrir pero no le ha dado una copia de la Sentencia? entonces pidasela y mirelo.
Saludos
¿ no se puede recurrir un recurso contencioso administrativo?
Buenos días, rogaría ayuda de algún letrado que entienda de este tema, resulta que interpuse en sevilla un contencioso-administrativo contra el sas por una supuesta negligencia contra mi mujer reclamando una cantidad economica por daños y perjuicios... mi abogado me llama hace dos dias y me dice que el contencioso ha sido desestimado y que la sentencia es firme, me dicen que en estos recursos no se puede recurrir ni hacer nada..
¿ es verdad esto o me están engañando? ¿ no se puede recurrir ni apelar en un contencioso-administrativo?
la sentencia ha sido injusta y parcial, me gustaria recurrirla, ¿como dice en la sentencia que he leido que es firme y que no se puede recurrir?
¿ es que tenia derecho a un recurso de apelacion o recurrir en algun sitio y no lo han hecho?
¿ o es como me dicen? yno me entra en la cabeza, porque esto es la indefension pues, pues si una jueza yerra y no hace justicia, no puede ser que no pueda uno recurrir a nada mas, siendo la primera instancia judicial a la que uno se dirige
POR FAVOR QUE ALGUIEN ME RESPONDA, ESTE TEMA ME TIENE CARCOMIDO POR MI IGNORANCIA EN TEMAS JUDICIALES