Hola solete15. Lamento no estar de acuerdo con la respuesta ofrecida por mi compañero teofilo.
Si no he entendido mal usted percibe una renta como contraprestación a ceder a un tercero(su arrendatario) el uso y disfrute de una vivienda, lo cual supone que YA NO EXISTA posibilidad de PRECARIO: cesión del uso y disftute de una cosa sin recibir contraprestación alguna. Por lo tanto, en su caso estamos ante un contrato de arrendamiento de vivienda celebrado de forma VERBAL - que es igual de válido que si se hubiese celebrado por escrito - que, dada la fecha de su celebración, se rige por las Disposición Transitoria Segunda LAU 1994 y por determinados preceptos de la LAU 1964.
El efecto más importante es que su contrato, dada la fecha de su celebración, está sujeto a la prórroga forzosa del art 57 LAU 1964. Sin embargo, eso NO significa que sea IMPOSIBLE resolverlo, pues existen causas de resolución(art 114 LAU 1964) y CAUSAS DE DENEGACIÓN de la prórroga forzosa, aunque NO es sencillo demostrarlas.
Por todo lo expuesto le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con todos los datos y documentanción que aporte, le asesorará sobre la viabilidad o inviabilidad de resolver el contrato bien por existir causa de resolución o bien por existir causa de denegación de prórroga forzosa.
P.D. Teofilo, eres abogado? firmas con "lawteo" pero confundes términos básicos en materia de arrendamientos, como precario con un arrendamiento verbal.
Gracias por contestar, ya hemos intentado hablar con ella, pero ni se quiere ir, ni quiere pagar mas, su intención es quedarse con mi piso, no tenemos contrato y creo que no es fácil tirarla porque la ley la ampara ya que se supone que no tiene donde vivir y yo si, por eso decía lo de dejarselo a una de mis hijas.
Tengo un piso alquilado desde el año 1979, cuando lo alquilé no hice contrato, ahora me paga unos 69 € al mes, no sé como tirarla del piso, no se quiere ir y tampoco quiere pagar más, el piso lo quiero para una de mis hijas, no se cómo recuperarlo, no veo justo que tengan derecho de quedarse con lo mío, no quiero que cuando muera yo lo hereden sus hijas, sino las mías, qué medidas puedo tomar?