Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

No renovacion y desempleo

49 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 49 comentarios
22/08/2012 11:33
soy muy novata con estas cosas, debo contratar un abogado? lo puedo hacer yo misma? no sé si me sale "a cuenta" el pago de honorarios de un abogado- muchas gracias bernabiel! la verdad que a los curritos siempre nos da miedo meternos en juicios y perdemos por desconocimiento, de eso abusan. debo esperar a los 4 meses para que se vea que no me las han compensado con descansos? yo tengo clarísimo (me lo han dicho) que nos se van a compensar. gracias!!
22/08/2012 11:37
Muy Novata, hacerlo tu misma...no casa muy bien.

Un saludo.
22/08/2012 11:56
Sigo escribiendo 2 líneas y no me deja...esto es increible, cuando el límite es de 5000 caracteres.
22/08/2012 11:57
Pues nada línea a líneas...para el límite máximo de horas extras (sigo)
22/08/2012 12:00
escribí una línea sóla y no me deja enviar!!!
22/08/2012 12:03
No puedo estar enviando el mensaje...20 veces cada frase para que me mande fuera otras tantas veces. Lo siento por tí, cuando arreglen esto sigo con la respuesta.
22/08/2012 12:20
ok! te espero!
23/08/2012 10:01
Hola ainoa has probado escribir desde otro pc, o movil ...???
Arrikitaum lo puedes hacer meciante un sindicato tambien, calcula lo que segun tu te deberian, normalmente trabajan a %....miratelo.
23/08/2012 10:37
Sigo con el punto 2....Pero para el límite de horas máximo, en tu caso 40,
23/08/2012 10:39
Pues si bernabiel...probé con la ipad (además portatil), y ahora otro pc aquí no tengo..es curioso que algunos post no relacionados con la pregunta los suba (haber este).
No me olvido de tu cálculo, espero en septiembre me envíen el programa actualizado.
23/08/2012 10:45
pues ya ves intento seguir el mensaje, y eso que voy frase a frase y no me deja, nunca me pasó algo igual, y ya van 3 días, ya comienzo a cansarme, pues constestar no se cuantas veces lo mismo y que me mande fuera es desesperante.
23/08/2012 21:17
Creo que no eres la unica perjudicada,hay varios post de foreros quejandose por el mismo motivo, el porque pasa?? Ni idea,en cuanto a lo del calculo mio tranquila ainoa no corre prisa,cuando te vaya bien,saludos
23/08/2012 21:35
Ainoa, a mí me pasó algo parecido una vez. Cambié de explorador, al google chrome o mozzilla (o como se escriban, no me acuerdo cuál fue, sólo que el explorer no me funcionaba) y me dejó escribir con normalidad.
Prueba a ver.
Saludos a todos.
23/08/2012 21:42
Muchas gracias mosca cojonera, voy a probar, lo cierto es que mosquea muchos el tema, pues algunos mensajes me deja contestar y otros no, es más cuando responde a la pregunta me manda fuera y cuando me quejo me reproduce los post. Intentaré en un rato haber si puedo acabar de constar a Arrikitaum. Saludos.
27/08/2012 15:01
Hola Ainoa,
no sé si has podido arreglar las dificultades técnicas, me interesa mucho tu respuesta. gracias!
27/08/2012 15:06
Si...ahora acabo de ver tu post...no me había olvidado...
Lo que te estaba exponiendo es el régimen legal de las horas extras...tu no puedes calcular lo que harás al año sino que hay que atenerse a la ley y ver las horas extras que llevas realizadas, ver si superan el máximo legal y a partir de ahi ver respecto a todas las horas que pasen del máximo legal si transcurrieron los 4 meses correspondientes en los cuales la empresa tiene la posibilidad de compensarlas.
Sigo en otro post...por si se cuelga.
27/08/2012 15:20
Vamos a ir punto por punto viendo el tema de las horas extras, para que hagas el cómputo...
1) Las horas extraordinarias salvo las de fuerza mayor son VOLUNTARIAS para el trabajador, salvo que en convenio o contrato el trabajador se obligue a realizar x nº de horas extras dentro de los límites legales, en cuyo caso, pasarían a ser obligatorias, eso sí pagándolas.

2) La ley dice que el nº máximo de horas extras son 80 anuales, pero en tu caso, al ser un contrato de duración inferior al año el límite máximo en proporción es de 40 horas (esto tenlo en cuenta por si el empresario va de listo y te dice que aun no llegaste al límite de 80).
27/08/2012 15:35
Me vuelve a pasar lo mismo del otro día, cada vez que contesto un post el siguinte ya no puedo...cambié el explorador, intenta tú escribir desde otro ordenador y pon un post nuevo, es que es desesperante.
Ya puse un mensaje para los administradores pues me sale una advertencia de malicioso al intentar contestar.
27/08/2012 15:35
ya he visto tu post a los administradores, por lo que leo tienes problemas al responderme a mi! entiendo por tu primer post que hasta que no pasen 4 meses ellos pueden alegar que las iban a compensar, pero entonces nunca cuando pasen 4 meses, podré sólo reclamar las del primer mes, digamos. y así sucesivamente. es así?
27/08/2012 17:01
No, no es eso lo que quiero decir...intenté seguir escribiendo pero siempre que intento ponerte la respuesta me manda fuera.

Tu tienes un contrato de 6 meses, por tanto tu límite máximo de horas extas es de 40 horas (80 año). Ya hiciste en el tiempo que llevas trabajando 40 hora extras?? Si es así...quedía hiciste la hora nº 41?? Desde que hiciste la hora 41 tienen 4 meses para compensartelas con descanso....PERO ojo, con independencia de que te las compensen con descanso tienen que COTIZAR por ellas y tienen que aparecer en los documentos de cotización.