Una duda nos asalta. Hasta que punto se puede considerar "delito" no recoger al menor para pasar los X días que te toca?? Los motivos pueden ser varios, pero al ser una compartida, el menor no va a quedar desamparado, ni sin techo ni comida, y doy por hecho que ningún juez te puede obligar a recoger al menor (no va a ir una pareja de la GC contigo a ver si lo recoges), no es como no pagar una pensión, que luego te embargan.
Está claro que puede tener sus consecuencias a posteriori (como que la otra parte pida la custodia), pero tenemos esa duda, que consecuencias así inmediatas puede tener el no ir a recoger al menor.
Gracias.