Hola buenas,hace una semana pase un escrito al jefe de no querer hacer mas horas extras (que no van reflejadas en nomina) y otras reclamaciones ,y ayer me entrego un escrito justificando razones técnicas o estructurales de un cambio de funciones dentro del mismo grupo ,creo que ha sido por reprimienda o venganza ya que el puesto es mucho peor para mi ,¿podria hacer algo?
En primer lugar las h.e. son desde la primera hora voluntarias, no le pueden obligar a hacer ni una sola si usted no quiere y si encima, como nos dice, no se las pagan, menos aún.
En segundo lugar, esa notificación a la empresa fue en forma escrita con acuse de recibo o fue como hacemos siempre, es decir de palabra. Lo digo porque si fue por escrito puede usted demostrar que este cambio se debe a represalias.
Si como es más probable, ésta notificación ha sido de palabra no vamos a poder demostrar que son represalias, no obstante estamos hablando de un cambio de condiciones laborales por lo que estamos hablando de una MSCT art 41 ET, usted a esto puede impugnarlo en el juzgado atendiendo al art 41.3 ET. Léalo.
Gracias por responder,no es que no me las paguen que si lo hacen ,si no que no van reflejadas como horas extras en nomina,si no en otro concepto,es a lo que me referia
La notificacion fue de forma escrita entregada por burofax
Perdone no le he entendido lo ultimo explicado por usted,,sobre la modificacion sustancial,que puedo impugnar,¿acatar la decision de la empresa ,elegir indemnizacion o que me devuelvan a mi antiguo puesto?
El art 41.3 ET es la respuesta que puede utilizar el trabajador sobre la MSCT, las opciones son:
1 Tragar, es decir pasar por el aro ante ese cambio, (no hacer nada).
2 Acatar la decisión de la empresa, (para no recibir represalias mayores) e Impugnar ante el Juzgado de lo Social, está msct requiere de un procedimiento de desarrollo que rara vez las empresas, por ej, el plazo de notificación de la empresa o por cuáles son esas condiciones por las que es necesario ese cambio solo a un trabajador que casualmente comunica a la empresa por escrito que no desea hacer h e.
3 Por último, si el Juez tras su impugnación decide dar la razón a la empresa, usted tendría nuevamente dos opciones:
Volver a la opción 1 o por contra ir a la 3, es decir; solicitar al Juez la rescisión del cto con su empresa con una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 9 mensualidades así e este modo, a su vez, tendría dcho a prestaciones por desempleo porque está rescisión contractual está considerada como un despido.
smo
Muy bien,entiendo que si en cambio el juez me da la razon me devolveria a mi puesto de trabajo,solo espero que pasado un tiempo no lo quieran intentar otra vez o buscar otra legalidad para quitarme de mi puesto.
Si como indica, las funciones se encuadran dentro del mismo grupo profesional, dudo que se pueda considerar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Precisamente, los sistemas de clasificación profesional, y las definiciones de grupos profesionales, se crean para dar posibilidad a esa movilidad funcional.
Dicho eso, sin conocer en profundidad el asunto, creo que le será más fácil crear los indicios de que se trata de algún tipo de represalia, que la modificación sustancial de las condiciones de trabajo que, además, si está planteando rescindir un contrato, esta rescisión no opera de forma automática; sino para aquellas que producen un perjuicio para el trabajador (perjuicio que, además, ha de ser de relevancia suficiente como para extinguir el contrato).
Por otra parte, si la empresa no está abonando correctamente las horas extras, lo más sencillo es denuncia a la Inspección. Aunque si lo están haciendo incluyéndolo en la base de contingencias comunes, los máximos beneficiados son los trabajadores porque se le elevará las pensiones futuras (jubilación por ejemplo); al ser un tema vinculado con cotizaciones, la ITSS va a actuar contundentemente.
Buenas,no tenia pensado rescindir mi contrato.pero en mi caso,¿que pudiera alegar como relevancia suficiente como para extinguir el contrato?,despues de tener unos indicios de represalias al entregar por escrito a la empresa una reclamacion de derechos,