Respeto el trabajo de los abogados y sus minutas, ahora bien, estimo que no deben hacerse lo pleitos a crédito. Los abogados tienen derecho a cobrar por su trabajo conforme lo van haciendo.
Ese abogado debió exigirles provisión de fondos, conforme se iban haciendo gestiones o planteando juicios, a espera de redactar la minuta final.
Yo, para ir quitando hierro al tema, pagaría mi parte. De tres partes, dos deberían estar ya pagadas.
Hagan Uds. un ingreso a ese abogado, como pago parcial de esa factura o minuta, poniendo su nombre y su concepto.
En caso de duda, si este abogado exige su pago por el juzgado, por una parte, ese dinero ya estaría pagado, y en caso de embargar podría embargarle el sueldo o pensión al tercero.
No forzosamente tienen que embargar los bienes que Uds. tienen en común, señalen bienes o ingresos del tercero que no quiera pagar.
Entiendo que lo mejos que podeis hacer es pagarle al Letrado , y después reclamarle lo que le corresponde al que no quiere pagar , es decir , podeis ejercer el derecho de repetición.
Hola, mi consulta es la siguiente, mi abogado ha representado a tres personas por una división judicial de herencia y ha hecho una minuta conjunta.El problema es que uno no quiere pagar y nos ha comentado que si interpone una demanda nos va a perjudicar a los demás ya que el juez embargaría los bienes que en este caso tenemos en común.Imagino que si la parte que no quiere pagar,tiene dinero, embargaría primero las cuentas.¿No?¿Me puede perjudicar si no paga? si yo ya he pagado mi parte?