hola hace 9 años aporte nomina para q mi sobrina se comprara una casa de la cual soy aval ,en ese momento me dijeron q a los 5 años podia salirme de la dicha hipoteca vamos q podra dejar de ser el aval , quiero saber si eso es sierto y tambien si es lo q me han comentado q para quitarme a mi tiene ella q pagar un dinero y otro para poner otro aval . yo hace 5 años q estoy en paro no persivo dinero ninguno salvo el de la manuntencion de mi hija no tengo propiedad ninguna solo un coche q me podria pasar si no se puediera quitarme del aval y ella no pagase, sin mas y esperando su respuesta rosa .
El problema está en que estás mezclando concepto.
Tu madre es hipotecante no deudor por el 20 % del préstamo y avalista por todo. Por lo tanto como te dice alborca, pagado el 20 % podrá cancelarse la hipoteca sobre la casa de tu madre, pero responderá personalmente (con todos sus bienes y sin el procedimiento de ejecución de hipoteca que es algo "más directo") hasta la liquidación total del préstamo.
Así es, ella sólo avala el 20 % de la deuda con una hipoteca sobre su vivienda que garantiza ese 20 %.
Lo que no me cuadra es la clausula de la hipoteca que dice que la avalista lo será de forma solidaria e ilimitada hasta la finalización completa del préstamo cuando en otra dice que una vez amortizado el 20 % se podrá solicitar cancelación parcial de la garantía hipotecaria de la finca registral en cuestión.
Gracias
Tal como lo indicas, cuando se haya amortizado el 20 % del préstamo tu madre, solicitando certificación de la entidad bancaria podrá solicitar la cancelación administrativa de la hipoteca de su vivienda.
De todos todos, también tal como lo indicas si luego dejas de pagar, podrán reclamarle a ella.
La diferencia estriba en que si, por ejemplo, cuando le reclamaran (5 años más tarde, por ejemplo) podrán cobrar siempre y cuando ella aún tenga patrimonio (y esté viva). Esta es la diferencia.
Sería distinto que ella sólo avalara el 20 % de la deuda y que, además, existiera una hipoteca de sus bienes que garantizara también el 20 % de la deuda.
En eso estoy de acuerdo. Pero que quiere decir el punto: " la avalista lo será de forma solidaria e ilimitada hasta la finalización completa de todo el préstamo ... "
Gracias
Eso quiere decir que la clausula en la que dice que la avalista lo será de forma ilimitada y solidaria hasta que se amortice el préstamo en su totalidad, no se aplicará o que aún aplicándose por haberlo firmado así, si se puede cancelar parcialmente el aval de ese 20 % por así haberlo amortizado y por tanto continúa avalando por la misma cantidad pero esta vez sin hipotecar ni avalar con ninguna propiedad. Es algo confuso ¿No?
Gracias.
Gracias
Buenas tardes.
Mi pregunta es la siguiente. Mi madre avaló el 20 % del préstamo para comprar mi vivienda hipotecando por dicho valor la suya. En las escrituras aparece una clausula en la que pone que se puede solicitar la cancelación parcial de la garantía hipotecaria de la finca registral en cuestión cuando de haya amortizado dicho 20 % (en este caso 22.200 €), pero en otra clausula dice que la avalista lo será de forma solidaria e ilimitada hasta la finalización completa de todo el préstamo.
No es incongruente e ilógico ?
No son ambas clausulas contradictorias ?
Gracias