Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

No puedo pagar

4 Comentarios
 
No puedo pagar
30/05/2006 14:02
Hola a todos:

Me condenaron por sentencia a pagar las rentas de un alquiler que ascienden a 16000 € aproximadamente. Realmente no tendría que pagarlo yo por que me fui del piso y los dos que se quedaron dejaron de pagar. El caso es que ya se ha pedido la ejecución de la sentencia. Yo no tengo tanto dinero. ¿Que me puede pasar si no pago? No tengo nada que vender, ni de donde sacarlo. ünicamente tengo mi sueldo que son unos 1000 €.

Por favor que alguien me diga algo sobre esto.

Muchas gracias.
30/05/2006 15:25
Estimado AlbertoW:

Si usted no paga o intenta un acuerdo con su acreedor en cuanto a ir pagando poco a poco, le embargarán el sueldo. Y, si biene a mejor fortuna , los bienes que la compongan estarán afectos hasta el completo pago del prinicipal mas los intereses y costas devengados, pues Usted responde con sus bienes presentes y futuros.

Un cordial saludo.
30/05/2006 16:29
Este es un post para corregir la evidente falta de ortografía cometida, pues de todos es sabido que el verbo "venir" no va con b de burro, sino con v de victoria y que la proximidad de ambas letras en el teclado puede resultar traicionera.
30/05/2006 16:43
Gracias de antemano Defensor del Letrado. Me imagino que cualquier cosa que tenga me la podran quitar, pero el sueldo ¿me lo embargan entero?¿de que voy a vivir?.

Muchas gracias nuevamente y no te preocupes por lo de la v y la b, que con el ordenador es de lo mas comun, lo importante es que te has explicado perfectamente.
30/05/2006 17:23
Estimado AlbertoW:

La Ley de Enjuiciamiento Civil establece que es inembargable el salario que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional.

Para el salario que exceda de dicha cuantía mínima, y hasta la cuantía que suponga el doble del salario mínimo interprofesional, se podrá embargar el 30 por ciento.

Teniendo en cuenta que su salario es, como indica, de 1.000.- euros, y que el salario mínimo interprofesional para 2006 está establecido en 540,90 euros al mes, la cuantía base embargable será de 459,10 euros y, ha dicha cantidad, le será aplicable el 30 por ciento, con lo que podrán embargarle 137,73 euros mensuales, que podrá ser modulada por el Tribunal en atención a sus cargas familiares.

Reciba un cordial saludo.