Hasta la fecha del 31/12/07 he cumplido a rajatabla y mas con mis obligaciones (ya que incluso he pagado cosas que no me correspondian) Pero NO PUEDO MAS, ya que incluso un año despues de la sentencia ella no habia querido ni cancelar las cuentas bancarias y los bancos me obliga ha estar los dos presentes para cancelarlas (cuentas indistintas) y ella no se presenta. En Enero le dije que no le pagaba mas extras si no cancelabamos las cuentas y por fin hoy me dice que ya habia pasado por los bancos y dejado la orden para su cancelacion ¡¡¡ UFF no me lo puedo creer¡¡¡ PERO ella dejo una deuda en una entidad financiera la cual me la reclama a mi teniendo que suflagarla incluso con amenaza de embargo. Esa deuda se la habia adjudicado ella en la demanda de divorsio pero como yo era el titular me la enchufaron a mi (ese problema ya estara pronto en el juzgado a ver que dicta el juez). Mi preguntra es la siguiente: Si me sigo negando a pagar los extras que pasaria? o le informo que como ella no ha pagado lo suyo se lo descuento. No se que hacer la verdad es que he tenido que pedir un credito para abogados y no me queda nada de donde sacar. Es mas, me acabo de buscar un trabajo por las tardes para poder vivir y trabajo 13h. diarias ¿Ella podria cambiar la manuntencion si se entera que ahora tengo otro trabajo? GRACIAS POR LA AYUDA Y ESPERANDO UNA PRONTA RESPUESTA
A qué se refiere cuando dice EXTRAS? Respecto a la deuda que se le adjudicó a ella en el divorcio (en la liquidación de la sociedad de gananciales imagino) como usted dice a ella corresponde pagar, y si ha tenido que hacerlo usted, puede ejecutar la sentencia, me explico, en el convenio regulador (si fue de mutuo acuerdo) vendrá reflejado que ella se haría cargo de esa deuda, y este forma parte de la Sentencia, por lo que si no lo ha pagado, ejecute esta Sentencia. Para ello necesitará un abogado. Respecto a la pensión de alimentos, su cuantía va en función de las necesidades del alimentitsta y las posibiliades del alimentante. Si usted tiene más ingresos y sus hijos más necesidades, si su ex mujer pide una modificación de medidas, pues cabria la posibilidad, pero esto no es automático, hay muchas variables a considerar. Explíqueme por favor que es eso de los extras.
Gracias por tu pronta respuesta. En estos dias se ejecutara la sentencia por el asunto de la deuda que se adjudico, a los extras me referia con los pagos de comedor, recogida temprano para el colegio, extraescolares, clases de natacion, etc. a esos extras me referia.. Ya que ella no queria concelar las cuentas bancarias le tuve que decir que si no cancelabamos esas cuentas no le pagaba mas extras y en el mes de enero no se las page y ayer me notifico que ya habia resuelto con los bancos para cancelar esas cuentas... Pero claro sigue sin pagar la deuda que asumio y hasta que salga el juicio que no se lo que tardara. Si por algun motivo algun mes no puedo pagar esos extras ¿QUE PASARIA? GRACIAS NUEVAMENTE
No hay juicio a no ser que ella se oponga a la ejecución, es decir, una vez presentada la demanda ejecutiva es muy rápido. Respecto a los extras, depende de si éstos vienen reflejados o no en el Convenio Regulador. Si no aparecen no pasaría absolutamente nada. Si aparecen, al igual que va a hacer usted con la deuda del banco, su ex mujer podría ejecutar la sentencia por esas cantidades. De nada y suerte.