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No puedo desplazarme a firmarlo ante el notario de Gijón, alguien tiene la solución ?

2 Comentarios
 
No puedo desplazarme a firmarlo ante el notario de gijón, alguien tiene la solución ?
15/11/2005 20:11
Quiero comprar acciones de una SA ante notario.
El vendedor ya tiene redactado el contrato pero yo (que vivo en Huelva) no puedo desplazarme a firmarlo ante el notario de Gijón que es donde está el vendedor.

¿Como puedo solucionar este tramite?
¿Que he de hacer?
16/11/2005 15:41
Sencillo, que cualquiera persona en Gijon la firme como mandataria verbal tuya, luego que te manden la escritura, la compruebas y si está correcta, la ratificas.
17/11/2005 12:03
Muchas gracias Pildoro tu respuesta me lo aclara:

La verdad es que estoy haciendo una web donde se puedan negociar libremente acciones que no coticen en bolsa y me había atascado en este punto.

Así al final dejaré el redactado de esta manera:

3º-Compra/venta ante notario de acciones nominativas

El Sr. García tiene 500 acciones nominativas de una empresa textil Curtidos y Tejidos S.A. que quiere vender al Sr. Pérez por 25 € cada acción. Estas acciones no han cotizado nunca en bolsa, son acciones nominativas y no están en “anotaciones en cuenta” por lo que para realizar la compra/venta han de acudir al notario, aunque también podría hacerse ante un Corredor de Comercio.

Antes redactan un contrato de compra/venda de acciones nominativas, donde se especifican las identidades de comprador y vendedor, el tipo de acciones a transmitir, así como el precio de la transacción. El contrato de compraventa de acciones se redactará normalmente por el vendedor. En nuestra web se puede descargar un contrato modelo que marca las pautas a seguir.

En dicho contrato el vendedor garantiza al comprador la titularidad sobre las acciones, así como el cumplimiento o no de todos los requisitos estatutarios y legales exigidos para la transmisión de las mismas. Así, deberá especificarse, por ejemplo, que los socios han renunciado al derecho de suscripción preferente, que no existen restricciones a la libres transmisibilidad de las acciones, etc.

Una vez firmada la compra/venta, en caso de tratarse de acciones nominativas, es necesaria la inscripción de la transmisión en el Libro Registro de Acciones Nominativas. Normalmente, y siempre a requerimiento de las Partes, el encargado de notificar la transmisión a la sociedad será el fedatario público que intervenga en la transmisión, en este caso el notario. Por ello es conveniente que en la escritura de transmisión se añada el requerimiento al notario para que notifique la transmisión a la sociedad.

El notario nos cobrará unos gastos que más o menos deberían seguir esta escala:

Hasta 6.000 euros un 1,5 %
12.000 euros un 0,975 %
18.000 euros un 0,8 %
30.000 euros un 0,66 %
60.000 euros un 0,40 %

Estos gastos pueden incrementarse un poco según los casos y también si hay que inscribir la compra-venta en el registro mercantil. De todas formas es frecuente compartir los gastos entre comprador y vendedor.

Por tanto el Sr. García y el Sr. Pérez tendrán de pagar conjuntamente unos 140 € de gastos ya que se trata de una transmisión de 12.500 €.

¿Y que pasa si el Sr. García y el Sr. Pérez viven a muchos kilómetros de distancia y no pueden desplazarse conjuntamente para ir al notario?
Pues bastaria en que cualquiera persona proxima al Sr. García la firme como mandataria verbal y luego le manden la escritura al Sr. Péres para que la compruebe y si está correcta, la ratifique ante notario.