Soy arrendador de un local de negocio desde el 1 de mayo de 1985, ahora quiero rescindir el contrato sin que haya prórroga. Me gustaría saber si a mi contrato de arrendamiento urbano le afecta la ley del 64 o la ley de Boyer, esta última se publicó el 9 de mayo de 1985 y establece que los contratos celebrados desde el 9 de mayo de 1985 hasta el 1 de enero de 1995 no tienen derecho a prórroga. En internet he leido que es desde el 30 de abril de 1985, lo cual afectaría a mi contrato, pero no he podido contrastar este echo en ninguna fuente fidedigna. Por favor, necesito saber si esto último es cierto y en que legislación lo indica. Muchas Gracias.