intentaran embargaros. Primero la nómina, sólo lo que exceda del salario mínimo interprofesional. La vivienda habitual es inembargable, salvo para el banco con quien la tengas hipotecada. Si no hay bienes suficientes para cubrir las deudas, estaran al loro, y cuando tengais algo irán a por ello. En el juicio no pasará nada, solo que os condenarán a pagar. Al no hacerlo ejecutaran la demanda e iran al ambargo como te he dicho. Salvo mejor criterio.