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No parte legitimada.

13 Comentarios
 
21/12/2011 18:35
Si simplemente se trata de un error no pasa nada. Si quien acciona es un tercero ajeno al negocio jurídico no habrá legitimación activa.
21/12/2011 17:26
Perdón por la intromisión, pero mi consulta tiene que ver con el tema. Si interpone una demanda una empresa, pero no ponen como demandante el nombre correcto (el que figura en los documentos en que basa su reclamación) ¿existe falta de legitimación activa y se puede argumentar para pedir la desestimación?. Gracias.
11/12/2011 20:00
O.K., eso haré,

Gracias.
09/12/2011 13:00
Háblalo con un Abogado de tu confianza.
09/12/2011 12:38
Gracias again, rabula.

En ese concreto caso, ¿cuál consideraría la vía más adecuada, en vista a una indemnización?

Salu2
06/12/2011 22:30
No... Lo sería el seguro.
06/12/2011 21:49
Ah, bien, lo he entendido, es decir ¿caso de denuncia; si ese procurador es condenado, ¿es el Colegio responsable subsidiariamente? como lo sería un hospital en denuncia contra un médico?

Salu2
05/12/2011 02:51
Confundes las cosas, una cosa es su responsabilidad disciplinaria (administrativo-sancionador) ante el Colegio y otra muy distinta su responsabilidad civil o incluso penal por tales hechos, en los cuales SI tienes legitimación para interesar su condena y el resarcimiento de los perjuicios causados.

Eso se depura en el Juzgado de Primera Instancia (la primera) el Juzgado de Instrucción (la segunda).

Lo mejor es que hables con un abogado de tu confianza, yo he llevado algún caso de esos y son muy desagradables.

Un saludo

04/12/2011 22:39
Gracias rabula.

Pero entonces ¿qué misión tiene el seguro de responsabilidad civil de los coelgios?

Ese procuraodr como dije, olvidó o..., lo que sea, no presentó el recurso de apelación acordado con su poderdante y su letrado, entonces, ahora debo ir a la vía legal?

ya me diréis.

Salu2
04/12/2011 22:16
Pues en este caso nada.

Podrás demandarle en el civil o en su caso exigirle responsabilidades penales, pero en el ámbito administrativo-sancionador, careces de legitimación.

Se ha hablado largo y tendido de esto en otros post.

http://www.porticolegal.com/foro/procesal/731351/demandar a un compañero
04/12/2011 21:23
sorry, ¿alguien conoce los pasos a seguir?

Saludos.
01/12/2011 20:15
Gracias, Lucky_Boy,

Trata de un expediente disciplinario incoado a un procurador, su Colegio resuelve con eso, de que no es parte legitimada, pues archiva la queja, sin ambarglo la denunciante sí contrató a ese procurador, quien después sin avisar no presentó recurso de apelación en la causa, tampoco le avisó, pero cobró honorarios.

ya me dirá. Saludos.
30/11/2011 12:44
Dependerá de la jurisdicción (civil, penal, social, administrativa).

Basicamente estar legitimado es ser titular de la relación jurídica que se pretende hacer valer, o titular del objeto litigioso.

Para civil, regulación en la Ley de enjuiciamiento civil, arts. 10 y siguientes.
No parte legitimada.
29/11/2011 18:41
¿Qué quiere decir exactamente que no eres parte legitimada en un asunto? Para serlo, ¿qué condiciones se deben dar? ¿articulados?

Salu2.