Cobré 2 años de paro que finalizaron en noviembre de 2021.
Antes de acabarse el paro y por NO estar en condiciones de trabajar, solicite la baja en mi centro de salud en noviembre de 2021. Así pues desde noviembre de 2021 me ha estado pagando el INSS (en estos casos en concreto y una vez acabado el paro se cobra el 80% del IPREM).
El INSS desde entonces durante 12 meses me ha estado haciendo el ingreso, SIEMPRE a finales de mes, salvo dos meses en concreto que el ingreso se realizó los primeros días del mes.
La semana pasada me llamaron del INSS (tribunal médico) pues ya llevo más de un año de baja, y me dieron cita para dentro de dos semanas para pasar el tribunal.
Me he metido igualmente para saber en qué situación me encuentro, y por lo que yo entiendo sigo dado de BAJA, lo he consultado en la página web de la seguridad social y me aparece esto:
Régimen: General.
Empresa situación asimilada a la de alta: A.S. SUBSID.P.DIREC.EEGG/MUT./EMPR.COLAB
Situación: Alta.
Fecha: noviembre de 2021.
Vamos que desde 2021 estoy en la misma situación.
¿Por qué este mes, justo al haberse cumplido los 12 meses, y justo cuando tengo cita para el tribunal médico en dos semanas, no me han pagado este mes?
Mi teoría es que, como ya llevo 365 días de baja cumplidos en noviembre de 2022 y estoy a la espera de saber si el INSS en dos semanas cuando pase por el tribunal, me va a prorrogar o NO la baja hasta los 18 meses (es decir, 6 meses mas a contar desde noviembre de 2022), cuando pase la revisión, si me dan la prórroga continuarán entonces ingresándome en el banco y sino no. Es cierta mi teoría? En caso que sea así, me ingresarán entonces los atrasos de golpe?
Hola. El INSS debe seguir abonándote el subsidio de I.T. hasta la fecha de la resolución del INSS sobre tu situación de baja si dicha resolución es antes de los 18 meses o bien hasta la fecha de la resolución sobre la incapacidad permanente si han transcurrido más de 18 meses de baja.
El problema reside en que el funcionamiento del pago del subsidio de I.T. es distinto al de las pensiones que se pagan todos los meses el mismo día ( normalmente el día 25).
En cambio el subsidio de baja se abona en días distintos.
Mi consejo es que intentes ponerte en contacto con el INSS y preguntes cuándo te pagarán este mes la baja.
Saludos
Hola. El INSS debe seguir abonándote el subsidio de I.T. hasta la fecha de la resolución del INSS sobre tu situación de baja si dicha resolución es antes de los 18 meses o bien hasta la fecha de la resolución sobre la incapacidad permanente si han transcurrido más de 18 meses de baja.
El problema reside en que el funcionamiento del pago del subsidio de I.T. es distinto al de las pensiones que se pagan todos los meses el mismo día ( normalmente el día 25).
En cambio el subsidio de baja se abona en días distintos.
Mi consejo es que intentes ponerte en contacto con el INSS y preguntes cuándo te pagarán este mes la baja.
Saludos
A día de hoy siguen sin haberme ingresado el INSS la baja. Nunca se había retrasado tanto. Siempre ingresaba a finales de mes o excepcionalmente los dos primeros días del mes siguiente.
Es demasiada casualidad que justo al año de la baja y tras haber recibido los 12 meses anteriores el ingreso sin falta, justo este mes no me hayan pagado. Y justo cuando en pocos días paso el tribunal médico por llevar más de un año de baja .. no se si eso tendrá algo que ver, es todo muy raro ..
Hoy he pedido cita para una oficina del INSS de Alicante de forma presencial, y he tenido bastante suerte pues me han dado para mañana.
Ayer pedí cita para acudir presencialmente a una oficina del INSS. Ha sido todo muy rápido y muy amables en la oficina. Le expliqué a la funcionaria mi situación, que una vez acabado el paro fue el INSS el que puntualmente me pagaba la baja, y que había sido así los últimos 12 meses (1 año), pero que, tras pasar el año y haber recibido la llamada del tribunal médico para citarme (me llamaron hace poco y en los próximos días pasaré por el tribunal) ya no había recibido el ingreso que puntualmente recibía todos los meses.
Me ha comentado que ahora es así, y que tras estar 12 meses de baja siendo el INSS el pagador, este temporalmente deja de pagar, pero que, cuando pase la revisión en el tribunal médico, recibiré el atraso pendiente (tanto me den de alta o no).
Asi que se confirma mi teoría como dije en el primer mensaje. Lo que no me queda claro es si el INSS deja de pagar temporalmente una vez pasado el año de estar pagándote, o si deja de pagarte temporalmente una vez pasa el año y has recibido también la llamada para pasar el tribunal médico (como es mi caso). Yo creo que es en la segunda situación, es decir que cuando te llaman del tribunal médico y te dan cita, temporalmente dejas de cobrar a la espera de esa revisión .. es un poco absurdo porque luego igualmente aunque te den se alta tienen que pagarte hasta el mismo día que te den el alta pero bueno.
Por si alguno se ve alguna vez en esta situación, iré informando con lo que suceda.
Buenas,
Que pasa entonces que tu no comes hasta que pases el tribunal medico y dicte resolución????????
Mira, delante de una administrativa del INSS estuve yo también el otro día gestionando un tramite a nombre de mi madre (discapacitada) y me negaba que pudiera hacerlo sin un poder notarial y tuve que sacarle yo la Ley 8/2021del BOE y la norma 33/2021 del propio INSS que me conceden el derecho a hacer los tramites que sean sin necesidad de nada notarial ni judicial.
La paisana no sabia ni donde meterse, tuvo que llamar a su jefe, supervisor o como le llamen y por supuesto que pude gestionar. Los quitas de las 4 leyes que le dijeron el día que empezaron en el puesto y ya no se molestan ni en actualizarse.........
Por tanto, como te dijo Experto laboral, tu tienes que cobrar sin falta todos y cada uno de los meses que estés en situación de baja hasta el día en que recibas comunicación de alta, el día de la carta certificada, no el del SMS.
De hecho algunas mutuas, en su momento decidieron que a partir de los 730 días (2 años) como es el tiempo máximo de baja en teoría, pues no seguían pagando la incapacidad temporal, y tuvo que intervenir el Tribunal Supremo (crea jurisprudencia) obligándolas a seguir pagando. Pues lo mismo el INSS, tu tienes que cobrar la baja.