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no me entregan los documentos que solicito en mi Comunidad

15 Comentarios
 
No me entregan los documentos que solicito en mi comunidad
27/11/2005 18:18
Soy un incapacitado fìsico que no puede abandonar su domicilio, pero plenamente capaz mentalmente y, por tanto, para decidir lo que a mis intereses corresponda en mi Comunidad de vecinos, que, naturalmente, dada mi incapacidad he de ejercitar a travès de representante.
El Administrador de mi Comunidad se niega a facilitarme la documentaciòn precisa para poder formar mi opiniòn que expresarà mi representante en la Junta, por lo que, con ocasiòn de una Junta extraordinaria celebrada para la realizaciòn de unas obras de mucha importante y precio, se negò a enviarme los presupuestos y por tanto no pude formarme una opiniòn ni delegar esta para su ejercicio en un representante.
Cuando protestè el Administrador me contestò que no tenìa ninguna obligaciòn de entregarme la documentaciòn que ya se presentaba en la Junta, que mis problemas eran mìos y lo que tenìa que hacer era pagar porque ya se habìa aprobado el presupuesto.
El presidente de la Comunidad actùa en la misma lìnea y cuando gracias a un amigo logrè obtener una copia del presupuesto aprobado, era para verlo, una simple hoja sin especificar los trabajos a realizar y sin ni siquiera cuantificar el importe de cada partida.
Ademàs, habìa que abonar una parte importante antes de iniciarse las obras y, escasamente, una mes despues todo el resto. Estamos hablando de un presupuesto de bastantes millones.
Ahora que la obra està terminada he pedido al Administrador que me envìe copia de la factura del importe total de la obras y copia de un pretendido informe de arquitecto tècnico, y de nuevo se niega a darme los documentos.
Tengo, ademàs, la sospecha que los importes que se me reclaman son superiores a los que corresponden por mi cuota de participaciòn y que me estan cobrando màs de lo que deberìa pagar.
¿Què debo hacer para obligar a que me entregen los documentos que solicito?
La LPH en su art. 20.e) establece que el Administrador deberà poner a disposiciòn de los titulares de la Junta,de los propitarios, la documentaciòn de la Comunidad y la factura y el informe del arquitecto son documentos de la Junta, pero a mì me niegan mi derecho.
¿Què puedo hacer para que antes de la celebraciòn de las Juntas me faciliten la documentaciòn precisa para formar mi decisiòn sobre las cuestiones que van a debatirse y poder ejercitarlas a traves de mi representante?
Gracias.
perfil mir
27/11/2005 18:37
1. ¿Pueden firmarse presupuestos sin contar la firma de los propietarios, sobre todo si no hacen contrato de obra?.

2. ¿puede firmarlo un administrador?

3. ¿puede firmarlo un presidente?

27/11/2005 18:44
No debería ser. Pero ya sabes. Si no estás de acuerdo, al Juzgado y a esperar a ver que decide SS.
perfil mir
27/11/2005 18:50
¿alguna referencia donde venga recogido que sean los propietarios los que lo tienen que firmar?
27/11/2005 23:30
La exposición de "avicena" está clara, ni el administrador ni el presidente le hacen ni puto caso.
Deja traslucir que, incluso los acuerdos no están argumentados; solo aparece la cifra final y todos a aceptar la derrama como borregos. Enterese si el administrador está nombrado como secretario y en este caso y solo en este se dirigirá al él, sino, olvidese de él, para mi se está comportando como un lacayo; entérese del organigrama, por ejemplo, si el presidente tiene asignadas otras funciones como secretario.
Usted dirige una carta al secretario pidiendo fehacientemente la documentaciónd requerida, por ejemplo, por burofax.
Una vez acordando en Junta un presupuesto, el administrador no pinta nada, no puede firmar nada en nombre de la comunidad salvo aquello que se le haya asignado. En todo caso, es el presidente el responsable de sus actos y contra él tendrán que dirigirse las posibles anormalidades.
mir: los propietarios no tienen que firmar en ninguna parte, solo están para otorgar su votos en muchos casos en condiciones extrañas, son casi siempre carne de cañon a merced de los promotores.
perfil mir
28/11/2005 00:38
damaot: que son carne de cañon lo sabemos. ¿podría darme alguna referencia para salir de la duda que planteo?.Gracias.
28/11/2005 08:22
Estimado señor, lamento lo que le ocurre con su administrador. Mi consejo es que en estas situaciones, delegue su voto en alguna persona de confianza, y que esta persona al menor atisbo de irregularidad, diga que conste en acta su discrepancia con el acuerdo y que salva el voto en la Junta.

Es la forma correcta de afrontar acuerdos de los que se sospecha que encierran algo. Así podrá impugnar posteriormente si lo considera necesario.

En lo que comenta de ocultación de información, lo que procede es una acción de exhibición. De eso le podrá informar mejor un abogado. Un saludo.
28/11/2005 11:32
Mir, tus preguntas:
1. ¿Pueden firmarse presupuestos sin contar la firma de los propietarios, sobre todo si no hacen contrato de obra?.
No debe de contar con la firma de los propietarios si éstos en reunión y constando en Acta, han aprobado el proyecto. Sin duda teniar que ser valorado y desmenuzado, cosa que no hacen casi nunca.
2. ¿puede firmarlo un administrador?
El presupuesto y la aceptación deben de pasar primero por el presidente y firmar éste. Sospechoso es que lo firme el administrador solo sin la firma del presidente.
3. ¿puede firmarlo un presidente?
Debe
?vale
perfil mir
28/11/2005 20:33
muchas gracias Damaot

30/11/2005 17:55
Gracias a todos por el interes que ha suscitado mi problema.
Desgraciadamente con que otra persona acuda a la Junta no me resuelve nada, puesto que al no disponer de la informaciòn previa para poder indicarle a esa persona lo que debe votar o defender en mi interès, me encuentro totalmente desprotegido. Mi comunidad es pequeña y con propietarios muy mayores o con propietarios que no viven en la casa y que tienen los pisos alquilados. Entre el Presidente y el Administrador hacen y deshacen a su antojo.
Vicente Manuel me aconseja que para obtener la informaciòn de los documentos que se me niegan se debe plantear una acciòn de exhibiciòn. Mi pregunta es, ¿esa acciòn es independiente y por tanto para obtener informaciòn o es previa a plantear otro pleito?
Gracias, nuevamente a todos

30/11/2005 18:12
Hay un epígrafe en este foro y muy cerquita del suyo que pregunta lo mismo....haber si tenemos un poco de suerte.
30/11/2005 18:13
Yo no soy abogado, y si me haces caso igual te pegas un trompazo.

Si piensas en ir en serio con esto, te pincho el correo de dickturpin

dickturpin20@hotmail.com

Imagínate a un fontanero operándo de amígdalas a tu hijo. Lo dicho, si vas en serio, ponte en manos de un profesional.

Un saludo.
30/11/2005 21:34
He leido que es una Comunidad pequeña,si es asi y no esta solo,recabe el 25% de los propietarios y organize una asamblea extraordinaria (se puede organizar y terminar en 10 dias a lo sumo). Si no consigue el % necesario, lo tendrá muy dificil, si lo tiene,será relativamente facil revocar al administrador. "Administrador" no suena a mucho,pero posiblemente es la mayor organización en nuestro pais con mucho y donde mas del 60% son abogados y el resto amigos o clientes de ellos. Parece ser ésta la razón por la cual la LPH tiene tantos "ojos negros". Un saludo
30/11/2005 23:25
manuel, supongo que no será vicente manuel; sus expresiones son un poco inconcretas y no en su conjunto exactas pero sí son pintorescas y en cierto modo aprovechables; intentaré desentrañar sus expresiones y darle mi opinión:
De revocar al administrador, pues no es tan fácil cuando éste ha sido contratato por los caciques de la comunidad, vea la definición "cacique" en el diccionario "panhispanico de dudas", han conseguido la definición exacta de este tipo de personaje, aunque en las comunidades no hay solo uno; es un conjunto de personas, normalmente promotoras de las cosas más indignas que se hacen contra los derechos de su vecinos; estos no se desprenden de éstos privilegios y se suceden sistemáticamente en una eternidad; se ponen en manos normalmente en gente de su estilo, ese tipo de administradores nacidos de ese colectivo del
"derecho", nó abogados de profesion precísamente y ambos son capaces de hacer un buen tandem inespugnable.
En estos casos, es prácticamente imposible variar las anormalidades comuneras, que se suceden sistemáticamente, estando todo atado y bien atado ante un grupo asistente a las reuniones cuya influencia es intrascedente y sin ninguna repercusion práctica, porque se comportan como autenticos convidados de piedra; yo he determinado llamarles "masa borreguil" y en muchísimos casos insociables, lo único que saben hacer, en el mejor de los casos, sin saber de lo que se habla, es, levantar la mano, como eso que son.
01/12/2005 14:38
No contesta nadie, sencillamente es porque a nivel social no tiene respuesta por las razones que he expuesto; aquellos que orientan el canal jurídico por seguir extrictamente los conceptos de la ley y las variopintas interpretaciones de los jueces,son apreciados en este foro pero su presencia es limitada y creo que en cierto modo descorazonadora en aquellos hombres de bien, no se si es porque hay un sector, donde me encuentro que quiere echar por tierra cualquier iniciativa judicial a nivel personal porque no tiene objeto según está la ley, sus interpretadores y los buscadores de agujeros sucios que manipulan, teniendo en cuenta la abundante malicia humana.
El apartado que usted busca lo tiene dentro del epígrafe "exposicion de documentos" ahora, en primera linea, no está todavía definido o contrastado por otros colegas, así que, a esperar un poco.
01/12/2005 14:40
quiero rectificar; Actos de eshibición; va por 22 intervenciones.