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No me dejaron salir en quito

4 Comentarios
 
No me dejaron salir en quito
04/12/2010 12:33
Hola una amiga ecuatoriana, con su NIE caducado pero con hijo español, no le han dejado salir a España; es legal ese comportamiento de las autoridades de inmigración, siendo que su hijo es español? que debe hacer, gracias.
05/12/2010 13:15
Hola. Si la persona tiene caducado su permiso de residencia en España y no dispone de una autorización de regreso en vigor, no se le permite embarcar, tanto desde las aerolíneas, que tienen la obligación de comprobar que todos sus pasajeros reúnen los requisitos para ser admitidos a territorio español (porque además, de no hacerlo, les acarrearía multas, sin perjuicio de que tengan que asumir el coste del retorno del pasajero al punto de origen), como desde las autoridades de Migración de Ecuador, estas últimas en aplicación de convenio internacional para la regulación de flujos migratorios.

Si una persona viaja al extranjero teniendo caducado su permiso de residencia, debe pedir una autorización de regreso. Si, por el contrario, sufriere el robo, extravío o deterioro de su tarjeta de extranjero o de la autorización de regreso, debe dirigirse al correspondiente consulado de España, para que le expidan un visado a los solos efectos de poder cruzar la frontera española. La exención de visado solo procede, respecto de los ecuatorianos, para quien disponga de una autorización de residencia, de estancia por estudios o en el caso de caducidad de estas, de la correspondiente solicitud de renovación y autorización de regreso y además, por convenio bilateral, para titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales. En los demás casos y dejando salva la posibilidad del asilo político, tripulantes de aeronaves y naves debidamente acreditados como tales u otro motivo de excepcionalidad extrema (por ejemplo, un aterrizaje forzoso en aeropuerto español, cuando no estaba previsto en la ruta original o por razones humanitarias), cualquier ecuatoriano necesita un visado para cruzar la frontera española (incluso los que vienen a reunirse con parientes españoles o comunitarios, solo que en este caso, su visado se tramita con preferencia y prontitud) y ello debe ser constatado, como ha quedado indicado, por las autoridades locales y por el personal de la aerolínea que los transporta.

Un cordial saludo y suerte.
05/12/2010 19:00
Gracias,CONDEDECARTAGENA, pero me queda la duda sobre el hijo español de origen, que pasa con él? supongamos que él quiere regresar a su cole y a su pais donde ha nacido y crecido? Cordial saludo
11/12/2010 18:07
Hola. El menor español puede volver a España, pero su madre, al ser extranjera, debe someterse a los requisitos para cruzar la frontera española.El hecho de ser madre de un menor español solo sirve para que le sea facilitada la obtención del visado correspondiente, pero no la exime de sujección a los requisitos exigidos por la normativa de Extranjería, tanto española como de la Unión Europea.

Un cordial saludo.
19/12/2010 20:56
Muchas gracias; la información ha sido completa.