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No me dejan cancelar una deuda

5 Comentarios
 
No me dejan cancelar una deuda
08/05/2006 10:08
Un saludo al foro.
Mi problema es que tengo una deuda con Renault Financiación, y como dispongo del dinero que les debo he decidido cancelar esa deuda.
Pero no me dejan hacerlo, cada llamada de teléfono (a un 902) me tienen más de 20 minutos en espera hasta que me atienden.
Me dicen que envíe un fax a un número para solicitar la cancelación del préstamo, pero ese teléfono comunica siempre, y no me dan otra solución.
¿Qué puedo hacer?
He pensado consignar la deuda en el juzgado, ¿qué pensais al respecto?
Muchas gracias a todos.
08/05/2006 12:40
Bueno, por fin después de dos días intentándolo entró el fax.
08/05/2006 19:55
Creo que la consignación en el juzgado de la deuda sería un modo de evitar que los intereses siguieran devengándose. Puedes probar a enviar un burofax a Renault Financiación comunicándoles tu intención de cancelar la deuda e instándoles a que en un plazo breve te comuniquen el modo de efectuar el pago y cancelación de la deuda.Si en dicho plazo no recibes comunicación alguna opta por la consignación en el juzgado, haciéndoles saber que queda el dinero a su disposición en el mismo, para evitar intereses de demora que engrosen la cuenta.
Salvo mejor opinión. Saludo
09/05/2006 08:53
Tendrías que mandar ese burofax avisando de la consignación en caso de que no te acepten el pago, e indicando un lugar o cuenta bancaria donde pudieran cobrar la deuda. Además es fácil que tengas penalización por cancelación anticipada, por lo que tendrías que calcular tambien esa penalización para que el ofrecimiento de pago sea por la totalidad de la deuda. Sin estos requisitos el juzgado no te aceptará la consignación judicial.
saludos
09/05/2006 11:06
...por cierto, y dando un plazo en el burofax para cobrar avisando de que transcurrido el mismo consignarás
09/05/2006 16:34
Pruebe a consignar judicialmente y ponerlo en conocimiento de la concesionaria.

Tambien podría efectuar el pago por giro postal de modeo que quedara debidamente acreditado si intención de liquidar la deuda que ostentaba