Ante todo agradecer vuestra ayuda, soy novato y es el primer desahucio que me ha llegado y tengo la duda en que si se me debe dar traslado de la demanda para oponerme al leer el 440.3 de la LEC no hay un pronunciamiento expreso sobre este hecho, y al ser tan tasados los motivos de oposición entiendo que se podría buscar algun defecto de forma en la demanda, pero como no se me traslada no se si es correcto o no...
Poco indicas. Además, y suponiendo que asistes al demandado, debo entender que de alguna forma le habrá llegado la demanda a éste, por lo que ¿qué es eso de que te den traslado?.
Ya está resuelto, lo ocurrido es que se presentó la demanda de forma telemática y justo acaban de implementar ese sistema en ese juzgado y al demandado solamente se le dio traslado del requerimiento del LAJ por omisión del juzgado de acompañar copias de la demanda para el demandante. Tras acudir yo al juzgado me la imprimieron y suspendieron por 9 días el procedimiento y posteriormente se la notificaron al procurador. Gracias por vuestra atención de todas formas.