uy uy que de cosas, por partes, mi sentencia SI es firme en cualquiera de los casos, a lo mejor por no ser profesional no me he expresado correctamente, y bueno wolfang02 gracias por las aclaraciones pero la segunda pregunta que me hace se la contesto en el primer post que es " y AHORA mi ex ha dejado de pagar la pension de alimentos a mi hijo" evidentemente si pregunto aqui es porque ya he ido moviendome pero tenia lagunas que creo que igual de amablemente me han tratado de contestar entre todos.Asi que gracias por las aclaraciones diversas
Lo siento pero.. ¡vaya forma de marear a la señora!
Mapita,
La vía penal siempre es más lenta que la vía civil. La diferencia es que la vía penal persigue el delito, mientras que la vía civil simplemente pretende que se subsane el impago mediante la ejecución, para lo cual se embarga a la persona deudora. (existen varias formas de embargar)
En penal, si se consiguiera condena, debería pagar una multa (para el estado), la cantidad adeudada (a ud. como persona custodia) y, aparte, una pena privativa de libertad que dependería del tiempo transcurrido y la cantidad adeudada pero que, en caso de ser primera condena, no supondría privación, de facto, de libertad (vaya, que no entraría en la cárcel con una condena)
Dicho lo cual, su abogado puede perfectamente poner la ejecución en la ciudad donde se llevó el procedimiento. Para ello lo que debe hacer ese abogado es elegir procurador (el encargado de presentar y recoger la documentación, etc) y presentar la ejecución si es que al final se decide por la vía civil.
Ahora, con los datos que tiene.. yo de ud. valoraría si le interesa continuar con ese profesional o si tiene posibilidad de cambiarlo porque, sinceramente, tanta excusa suena a poquitas ganas de trabajar (no verá beneficio o no tendrá interés o yo qué sé).
Estoy de acuerdo con la compañera wolfang02 sólo a medias.
Tal y como dice, el tribunal competente, aunque se haya cambiado de domicilio, es el juzgado que llevó a cabo el divorcio.
Sin embargo, da igual que la sentencia sea firme o no, tiene derecho a reclamar los alimentos.
Por otro lado, por vía penal, lo que le han contado es una verdad a medias, porque el procedimiento penal suele ser más rápido que la ejecución civil, y la multa que se le impone es cierto que iría al Estado, pero lo cierto es que se le condenaría igualmente a pagar la pensión de alimentos, como responsabilidad civil subsidiaria del delito o falta, y esos alimentos sí que se le pagarían a usted.
Hola ¡ Mi primera pregunta es : ¿ Es que acaso la Sentencia no es Firme ? Y la segunda pregunta es ¿ Tratándose de la pensión alimenticia de tus hijos, como es que no has pedido hace ya tiempo la Ejecución de la Sentencia para que esta sea firme ?
El abogado lleva toda la razón, todo lo que arrastra y conlleva un Divorcio ó Separación Legal, hay que llevarlo a efecto en el órgano competente en que se llevó a efecto el Divorcio, es decir, en el Juzgado donde se tramitó el Divorcio.
Si necesitas alguna aclaración puedes contactar en mi mail : reme1952@gmail.com
hace unos años se hizo una sentencia en una ciudad yo me he mudado y ahora mi ex ha dejado de pagar la pension de alimentos a mi hijo, mi abogado, el que me llevo en su dia este tema me dice que para solicitar una ejecucion de sentencia se ha de hacer en la misma ciudad donde se llevo en su momento el juicio, esto es cierto? por otro lado tengo que pagar porcurador, claro que yo le comente que lo podria hacer por la via penal pero dice que es mas lento y que si le condenan la pena condenada se la queda el estado, no se, no me cierra esto mucho y ando perdida, el caso es que leo otros post de personas con problemas de pagos de pensiones pero cada una es un mundo. gracias por su tiempo