Los convenios urbanísticos de planeamiento son aprobados provisionalmente por acuerdo del pleno municipal y definitívamente por el ógano competente de la Consejería respectiva.
El acuerdo de aprobación definitiva de estos instrumentos urbanísticos implica depositarlos e inscribirlos en el Registro de la Consejería y necesariamente hubo de publicarse en el BOA.
Con todos estos requisitos cumplidos, a mí me preocuparía es el grado de cumplimiento de los términos del acuerdo y no si la inexistencia del informe jurídico, que seguramente se emitió, podría invalidar el convenio.
Un convenio inscrito en el Registro de la Consejería se presume valido, eso sí, hasta que cualquiera de las partes denuncia el incumplimiento de los acuerdos alcanzados.
se trata de un convenio urbanistico de fecha 2005 entre el ayuntamiento de mi localidad ( las gabias ) GRANADA Y M FAMILIA, por el que nosotros cediamos unos metros para un vial de acceso a un campo de golf y ellos reclasificarian la finca( es rustica y sigue siendolo) y esas cesiones habrian de restarse de las que en su dia procediera , toda vez que como urBana, hay que hacer una cesion al AYUNTAMIENTO DE 10% .
Correcto, ¿pero no indicas que es lo convenido ni la CCAA donde se encuentra el municipio?. Esto es esencial para opinar sobre su validez.
Por otro lado, entiendo que si la oposición solicita en pleno la aportación de algún documento que considera necesario para fiscalizar el correcto ejercicio de sus competencias, el alcalde deberá facilitárselo.
Gracias alga por tu respuesta, es bastante concisa, aunque me gustaria si puedes la matices un poco mas y te explico.
Es un convenio no un contrato, y por supuestoq ue los informes son no vinculantes e incluso internos, pero
1.- si la oposicion los pide, han de enseñarlos??
2.- Si no existen ( cosa que creo fervientemente) que ocurre?? se invalida el convenio?? se puede actuar contra ......
espero que cuando puedas me lo resuelvas y gracias por anticipado
¿ Convenio o contrato ?, si existe una relación de carácter y contenido contractual (intereses patrimoniales entre las partes) se trata de un contrato.
En expedientes tramitados por los Ayuntamientos estos deben incorporarse, preceptiva y obligatoriamente, aquellos informes que exija una norma con rango de Ley o un Reglamento.
Aún así el informe no es vinculante para quien lo solicita ni, dado su carácter interno, obligatoria su incorporación al convenio.
En mi opinión, por supuesto.
No inclusión de informe juridico en un convenio entre ayuntamiento y particular
Me gustaria que alguien me comentase, si es obligatorio y preceptivo, la inclusion de un infome juridico, en un convenio firmado entre un ayuntamiento y un particular.
y que consecuencias tiene, el que se haya firmado un convenio entre mi familia y el ayuntamiento de mi localidad y que no se haya incorporado ni realizado dicho informe juridico para la elaboracion de ese convenio.
gracias