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no hay acuerdo unanime

10 Comentarios
 
No hay acuerdo unanime
29/10/2009 11:23
¿se puede entonces obligar a alguien a adoptar un acuerdo si no figura que haya habido votación o unaminidad? yo no acudí a la eunión y no figuraba en la cita el punto al que me refiero. Entonces, si no formaba parte de orden del día, ¿cual es la mejor forma de reaccionar? porque quizá no haga falta mostrar m idisconformidad, ni sikiera coger la carta certificada. Que a agún vecino moleste la mesa de ping pong no es suficiente para que yo la quite, pero entonces ¿por que motivo me manda un certificado?, ¿necesita cercionarse de que me entero? ¿que pasa si no lo recojo? gracias, es k tanta estupidez nos hace perder mucho tiempo
29/10/2009 11:29
Sólo puedes impugnar el acta ya que no figuraba ese punto en la orden del día, pero también debo decirte que en cualquier comunidad aunque no aparezca en los estatutos esta prohibido el uso de zonas comunes para uso particular, por lo que nadie puede dejar sus objetos particulares en zonas comunes.
29/10/2009 12:33
Recoger un certificado no implica su aceptación.
Si no lo recoge, nunca conocerá su contenido. Ese documento le puede ayudar para iniciar las acciones pertinentes.
29/10/2009 16:30
Gracias Evespirit, gracias Acritón. Quizá lo quite sin más, ademas ahora viene el frío y si la guardo en el garaje puedo sacarla solo cuando vayan a jugar los crios.

de todas formas, no me quedo contenta, ¿podría añadir que tampoco se puedan utilizar motos de batería ruidosas en los bajos? tampoco se ha hablado del tema, es que ellos hacen lo k es da la gana, funcionan así, con la ley de la ventaja. Esto se tiene que acabar ¿que podemos hacer el resto de los vecinos?
perfil Vio
29/10/2009 17:19
Algo que se ignora es que cualquier copropietario está legitimado para actuar en defensa de los elementos comunes, sin necesidad de acuerdo de la comunidad,de modo que si uno le ha dicho y requerido, por ocupación indebida de elementos comunes, podría pleitear directamente con Vd. sin necesidad de acuerdo de la Comunidad, asi como Vd. puede requerir también a alguien que ocupase, apropiase, o hiciese uso indebido de los elementos comunes. S.m.c.
29/10/2009 23:02
BUenas noches

Vio, gracias por aportar datos. Interesante lo que cuentas. ¿Se puede requerir justicia gratuita? es que por aki dice que sale unos 3000 o 4000 euros. También cabe la posibilidad de que si protesto con fotos de estos vecinos jetas, que omiten sus fallos y acusan a los otros de cosas menos importantes, (usar la mesa no causa desperfectos) sin embargo colgar las bicis sobre las tuberías es una pasada, SON 4 BICIS. Patinar a las once de la noche por el garaje a oscuras, una vez me dieron un susto de muerte. Es que son muy particulares estos vecinos de Dios.
perfil Vio
30/10/2009 07:01
La justicia gratuita es para casos de necesidad y cuestiones relativas al uso de elementos comunes, aunque pueda instarlas particularmente, también son propias de acuerdos de comunidad.
30/10/2009 08:31
Pues si, si es para casos de necesidad, es necesario que las tuberías estén al aire y no que estén cogadas 4 bicis sobre ellas. Tampoco necesitamos una ventana en el tejado sin permiso de a comunidad, que además no sabemos como está hecha, sólo que se ve desde la caretera que pasa por detrás y es necesario que nadie mas haga tonterias o caprichos peligrosos, no cosas banales como lo de a mesa de ping pong que no produce daños.
04/11/2009 19:39
Hola Vio, yo me encuentro en una situación parecida. Soy Vicepresidente de una comunidad de un edificio de nueva construccion. Tengo dos vecinos enganchados a la luz de la comunidad. Mande un fax al presidente instandole a hacer requerimiento fehaciente a los propietarios (que resulta ser el mismo segun me dijo) para que cesaran en dicha actividad, y para que convocara una asamblea para acordar emprender acciones legales, pero el presidente, que es el representante de la promotora, ha hecho caso omiso, y no ha efectuado ni el requerimiento ni convoca asamblea, y lleva esta situación mas de un mes.
¿Puedo demandar como comunero? y ¿Puedo actuar directamente en juicio o tengo que otorgar representación a un abogado?. ¿Tengo que denunciar al Presidente por omisión?, y en cuanto al propietario/s enganchado/s no conozco su nombre y el Presidente no me los da, ¿Como puedo saber quien es el propietario de los pisos?, gracias.
perfil Vio
04/11/2009 22:19
"¿Puedo demandar como comunero?" Si. Puede hacerlo y con más razón al impedirlo el presidente, como parte interesada,
"¿Puedo actuar directamente en juicio o tengo que otorgar representación a un abogado?" Tiene que actuar mediante abogado, que le aconseje y dirija.
"¿Tengo que denunciar al Presidente por omisión?, "
El abogado, en la demanda que interponga, hará ver esta y otras cuestiones.
"¿Como puedo saber quien es el propietario de los pisos?," . En el Registro de la propiedad pida nota simple de los pisos, como que va a comprar, si preguntan
05/11/2009 08:32
Muchas gracias Vio.