Un matrimonio que se ha separado,la vivienda que es ganancial ,queda para la madre que es la que tiene la patria potestad de los hijos.Hoy en día, los hijos ya son mayores de edad.
Durante 15 años no pago pensión de alimentos y,en un monento dado se solicita embargo de sus bienes por impago pensión,entre esos bienes embargaods está la parte ganancial de la vivienda pero, el cónyuge beneficiario no solicita su ejecución pq no quiere q se venda-subaste la casa pues el lo unico q tiene.Además qui´´en quiere comprar media casa???
Mi pregunta es la siguiente:¿se podría atribuir en pago de esa deuda el embargo de la vivienda?¿Qué ocurre si no se ejecuta el embargo?¿Puede el embargado solicitar su parte de la vivienda?