tengo un informe del psicologo para un caso, el psicologo ha seguido el caso durante tres años, y en el informe saca conclusiones, ademas de hablar de todo el proceso de seguimiento.
¿seria un informe pericial si lo aporto? o se aporta como documentacion medica?
y en el caso de aportarlo como informe pericial ¿que requisitos esenciales ha de tener ese informe? lo digo porque me interesa mas que sea informe pericial.
Es en penal, ¿si lo aporto como informe pericial? ha de ir el psicologo a ratificarlo? ¿se le cita de oficio o a instancia nuestra? la ratificacion es contradictoria , es decir estaria el abogado de la otra parte para hacerle preguntas???
Perdondad mi ignorancia, suelo llevar faltas , traficos y cositas sencillas y esto se me sale un poco de lo conocido.