Hola. En principio la fianza debe ponerse por escrito dado que no es una clausula obligatoria. Es decir, o la ponen, o no existe (porque las partes pueden pactar que no exista fianza). Pase por http://www.sobrelegalidad.blogspot.com y plantee sus dudas detalladamente.
tengo una duda.. y es que dos amigas de Suecia estuvieron aquí en España viviendo durante 5 meses en Barcelona, en un piso en la que vivía una pareja. Les alquilaron el piso sin papeles y sin firmar nada, y sin declarar tampoco. La fianza eran 350€ cada una, y luego cada mes iban ingresando el alquiler a la cuenta de la pareja.
Ahora ya hace 3 meses que se han ido y no les han devuelto la fianza, además que no contestan al teléfono ni nada... ¿Qué se puede hacer? ¿Vale como prueba esos ingresos mensuales a esas cuentas? Ya que se puede demostrar que estuvieron en Barcelona durante 5 meses.