Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

NO DEVOLUCIóN del importe de la FIANZA

7 Comentarios
 
No devolución del importe de la fianza
26/08/2015 12:32
Acabo de dejar un piso de alquiler y el propietario no me devuelve la fianza por desperfectos del inmueble que se ha inventado, como que tiene que cambiar el horno porque se han borrado lo snúmeros y eso ya es el importe de la fianza.
Se puede hacer algo para reclamar?
Gracias.
27/08/2015 09:40
teóricamente se puede reclamar, pero dudo que le compense desde el punto de vista económico.
27/08/2015 10:07
Muchas gracias, me imaginaba algo asi
27/08/2015 11:53
¿Firmaron documento de finalización de contrato? ¿Qué se especificó con respecto a la fianza? Si no se especificó nada se entiende que todo estaba correcto por lo tanto no es de recibo que le diga que no se la devuelve porque los números del horno se han borrado.
Solicité la factura de la compra del horno nuevo añadiendo que si al cabo de un mes de dicha solicitud no recibe la factura junto con el recibo del pago del mismo iniciara un procedimiento judicial para recuperar la fianza. No estaría de más recordarle que para cantidades inferiores a 2.000€ no es necesario abogado ni procurador para iniciar una demanda. A ver como responde.
Si he dicho algo no correcto que algún abogado me rectifique.
27/08/2015 13:09
Tengo que discrepar con Tibidabo. No requieren abogado ni procurador cantidades inferiores a 2.000 euros ... que se puedan tramitar en un Juicio Verbal (o un procedimiento monitorio). Aquí el problema es que según el artículo 249.6 de la LEC se decidirán en Juicio Ordinario (no Verbal), cualquiera que sea su cuantía, las demandadas que versen sobre cualesquiera asuntos relativos a arrendamientos urbanos o rústicos de bienes inmuebles, salvo que se trate de reclamaciones de rentas o cantidades debidas por el arrendatario o del desahucio por falta de pago o por extinción del plazo de la relación arrendaticia.

Esto significa que tendría que iniciar un procedimiento (el Ordinario) que requiere abogado y procurador para cualquier cuantía. Es cierto que en algunos juzgados admiten tramitarlo como un Verbal (e incluso como un monitorio) ... pero nadie te lo garantiza. En fin que por probar no se pierde nada, pero lo más normal es que no cuele y cueste más el perro que el collar.
27/08/2015 13:12
... el collar que el perro :)
27/08/2015 14:02
Gracis por vuestra información.
Pero es indignante la indefension que me produce esta situación.
De ninguna de las maneras me va a devolver la fianza.
Al comunicarle que la iba a reclamar, ha relacionado otras cosas como que hay una puerta rota (el pomo se callo y no lo puse) y que la factura asciende a 360€.
El parquet de la entrada esta levantado porque se rompio el calentador y trado el seguro en venir 5 días, tambien me la imputa.
Total que al final le voy a tener que pagar yo sus desperfectos por un valos aproximado de 3000€, 3 veces lo que me tiene que devolver de fianza.
27/08/2015 14:49
Hombre vamos a ver, si le reclamas la fianza judicialmente en principio tiene que devolverla, y si no DEMOSTRAR ÉL que esos desperfectos son responsabilidad tuya y no se deben al desgaste propio del uso, por supuesto el precio de la reparación tampoco sería el que a él le de la gana. El problema es ... el que te he relatado antes. Yo de ti probaría con un Monitorio, es un papel muy sencillo que tú mismo puedes redactar y presentar en el Juzgado, no pierdes nada y si te lo admiten en el juzgado (a veces cuela) ... igual paga. Caso contrario si se opone ya sí que pasaría a un Verbal y podrías ir sin abogado ni procurador. Si no te lo admiten y tienes que ir a un Ordinario ... bueno, si estiman íntegramente la reclamación él pagaría las costas. Habría que valorarlo.